Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo

Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo

En un mundo complejo de rápido y constante cambio, la adaptabilidad y flexibilidad marcan la diferencia hacia el futuro.

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El lavado de activos (LA) es un delito que se comete cuando se busca dar apariencia de legalidad a recursos originados en actividades ilícitas. De acuerdo con lo que establece la Circular externa 100-000005, del 17 de junio de 2014, expedida por la Superintendencia de Sociedades de Colombia, el 31 de diciembre de 2014 es la fecha límite para que las compañías supervisadas por esta superintendencia adopten e implementen un sistema de prevención, autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo. Esta obligación aplica a todas las compañías que hayan registrado o registren al 31 de diciembre de 2013 y 2014,  ingresos iguales o superiores a 160.000 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV), es decir, ingresos iguales o superiores a los $98.560 millones de pesos.

Aquellas compañías que incumplan con la implementación del sistema de prevención para el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, sugerido por la Circular 100-000005, dará lugar a la imposición de las sanciones señaladas en el numeral 3o del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.

¿Qué sugiere la Circular Externa 100-000005 del 17 de junio de 2014?

Las compañías que tengan la necesidad de implementar un sistema de prevención, autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo deberán como mínimo implementar las siguientes actividades:

  • Diseñar las políticas y procedimientos relacionados a la gestión del riesgo de Lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Diseñar los procedimientos para la ejecución y el monitoreo del cumplimiento de las políticas.
  • Identificar las brechas de control y posibles riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Establecer procedimientos de control que permita mitigar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo a los que la entidad se pueda exponer.
  • Implantar procedimientos de monitoreo transaccional, preventivo y detectivo.
  • Establecer actividades de conocimiento de cliente, proveedor, asociado y empleado, así como mecanismos de identificación de “personas expuestas políticamente – PEP´s”.
  • Implantar actividades y controles de detección de operaciones inusuales o sospechosas.

Las compañías que tengan la necesidad de implementar un sistema de prevención, autocontrol y gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo deberán como mínimo implementar las siguientes actividades:

  • Indicar las áreas, departamentos y personal encargado de verificar el cumplimiento de las políticas, procedimientos y actividades de control referentes a la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Establecer procedimientos de comunicación de las políticas y procedimientos relativos a la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Capacitar a la totalidad de los empleados de la compañía relativa a la gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.
  • Implantar mecanismos de reporte para entes de control y alta dirección.

¿Cómo KPMG puede ayudarle?

KPMG cuenta con un equipo de profesionales especialistas en administración de riesgos de lavado de activos; dispuestos a servir de apoyo y acompañamiento en la implementación de un Sistema de Prevención, Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, que se acople a las necesidades de cada sector, cada negocio y cada compañía.

La implementación de un Sistema de Prevención, Autocontrol y Gestión del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo consta de cinco etapas de acompañamiento:

Etapa 1.
Diagnóstico de los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se enfrenta en la organización.

Etapa 2.
Diseño de política anti-lavado de activos y financiamiento al terrorismo, así como diseño de controles mitigantes a los riesgos detectados.

Etapa 3.
Diseño de procedimientos manuales o automáticos para detectar operaciones sospechosas.

Etapa 4.
Diseño de manual de sistema de gestión de riesgos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

Etapa 5.
Entrenamiento y programas de sensibilización al empleado para que este comprenda la importancia de su rol y las responsabilidades que tiene en la administración de riesgos de lavado de activos.

 

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