Flash informativo Agosto 5

Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

El 30 de julio de 2024 DIAN emite la Resolución No. 119, por medio de la cual se modifican y adicionan artículos a la Resolución 165 de 2023

Con el propósito de facilitar la implementación del documento equivalente electrónico y establecer una regla que tenga en cuenta el uso de diferentes monedas e idiomas en que se realizan hoy en día las operaciones económicas, la DIAN ha dispuesto las siguientes modificaciones a la Resolución 165 de 2023:

1. Se efectúa la ampliación de los calendarios de implementación de tres documentos: Servicios públicos domiciliarios, extractos y tiquete de transporte de pasajeros terrestre hasta el 1 de noviembre de 2024.

Cabe mencionar, que según la normatividad los extractos son el documento equivalente que expiden las sociedades fiduciarias, fondos de inversión colectiva, fondos de capital privado, fondos de inversión extranjera, fondos mutuos de inversión, fondos de valores, fondos de pensiones y de cesantías, por los ingresos que obtengan por concepto de depósitos y demás recursos captados del público y en general por las operaciones de financiamiento efectuadas por las cajas de compensación.

 

2. Para los sujetos obligados a facturar que realicen la venta de tiquetes o billetes de transporte aéreo, se establece un plazo de 48 horas contados a partir de la reserva realizada en el GDS (Global Distribution System) del tiquete al pasajero para la generación, transmisión y validación del tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros de forma electrónica.

 

3. Para facturación en otra moneda y con otro idioma, se reitera que el documento XML será el que documento que tenga valor legal, mientras que en la representación gráfica(pdf) podrán los contribuyentes expedirlo de manera optativa exclusivamente en otro idioma y otro valor exclusivamente; o continuar como lo establecía la normatividad hasta la fecha expidiéndola en pesos e idioma español con sus equivalencias en otro idioma y moneda.

Esto significa que la factura electrónica (XML) no presenta variación y se deberá continuar expidiendo en pesos colombianos y con la adición del suplemento K para incluir los valores en otra moneda.  

 

Las anteriores reglas son aplicables desde la fecha de publicación de la Resolución 119, es decir, desde el 30 de julio de 2024.

Recuerde que KPMG tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en los procesos de implementación de los cambios señalados desde la perspectiva de la emisión y recepción de documentos, para lo cual podrá contactar a Paola Bernal (Socia): mbernal@kpmg.com o a Daniela Bedoya Ramírez (Gerente Senior): dbedoya@kpmg.com.