Los contribuyentes que hayan decidido presentar el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2025 a través del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberán entregar una copia del informe sobre la situación fiscal de la empresa al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Información del dictamen fiscal a presentar
- Acuse emitido por el SAT que muestre el sello digital
- Carta de presentación del informe que incluya la firma autógrafa del representante legal
- Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente
- Anexos referentes a las contribuciones
La presentación de esta información debe realizarse mediante trámite por correo electrónico o de manera presencial ante la oficina del Infonavit que corresponda, de acuerdo con el domicilio fiscal registrado.
Fecha límite
En un plazo no mayor a quince días hábiles posteriores a la fecha de presentación del dictamen fiscal ante el SAT.
Para estos efectos, el Instituto ha emitido un comunicado mediante el cual informa las reglas para su presentación, el cual puede consultarse en la siguiente liga: Dictamen fiscal | Infonavit.
Es importante que los contribuyentes que hayan optado o estén obligados a presentar su dictamen fiscal ante el SAT cumplan con esta obligación ante el Infonavit. En caso de no hacerlo, podrían hacerse acreedores a una multa, ya que el Instituto cuenta con la facultad de requerir el cumplimiento de esta obligación hasta por un plazo de cinco años.
Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.