El pasado 26 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se modifican las disposiciones segunda y quinta de las disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos relativos al cálculo del ingreso neto de las personas trabajadoras de plataformas digitales, el cual establece lo siguiente:
Ingreso bruto mensual
Este concepto precisa que se trata del ingreso total mensual que una persona trabajadora genera por la suma del pago de las tareas, servicios, obras o trabajos realizados, incluyendo bonos, gratificaciones, estímulos y cualquier otro ingreso, excluyendo las propinas.
Cálculo del ingreso neto
Respecto al mecanismo de compensación proporcional, que excluye un porcentaje diferenciado, derivado del uso intensivo y continuo de la plataforma digital como herramienta de trabajo tecnológica, se modifica el factor máximo de exclusión, el cual es el porcentaje que se aplica para calcular el ingreso neto mensual de los trabajadores de plataformas digitales, conforme a la siguiente tabla:
Categoría | Herramienta de trabajo | Factor de exclusión |
A | Vehículos motorizados de cuatro o más ruedas de combustión interna, eléctricos o análogos |
48% |
B | Vehículos motorizados de dos ruedas de combustión interna, eléctricos o análogos |
32% |
C | Transportes no motorizados o sin medio de transporte |
3% |
Este acuerdo sustituye y deja sin efectos el que previamente modificó las disposiciones sobre el cálculo del ingreso neto de trabajadores de plataformas digitales, publicado en el DOF el 1° de octubre de 2025. Además, se refuerza la tendencia hacia una regulación más precisa del ingreso de las personas trabajadoras de plataformas digitales, necesario para el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.
Entrada en vigor
Será efectiva el 1° de enero de 2026, por lo que las empresas de plataformas digitales deben anticipar revisiones a sus metodologías de cálculo, modelos de costos, estructuras contractuales y sistemas tecnológicos, para el debido cumplimiento de las modificaciones en comento.
Como siempre, nuestros profesionales de la Práctica de Servicios Legales de KPMG México y en particular Legal Laboral, Seguridad Social e Impuestos Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que puedan tener estas nuevas disposiciones en su empresa.