El pasado 6 de marzo, la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) publicó la versión final de las normas para la divulgación de información relacionada con el clima para los inversionistas, cuya propuesta inicial fue introducida en marzo de 2022.

¿Qué es lo más destacado de esta nueva normativa?

  • Reducida pero histórica: debido a la probabilidad de litigios y a la avalancha de comentarios presentados (más de 4,500 cartas únicas), la normativa final suaviza en general los requisitos de información climática de la propuesta original, al tiempo que subraya la autoridad normativa de la SEC.
  • Enfoque de mayor riesgo: se espera un aumento de las expectativas y el escrutinio normativos sobre gobernanza, gestión, controles, datos, análisis, pruebas y aseguramiento del riesgo climático.
  • Continuación de las diferencias jurisdiccionales: La normativa final codifica las continuas diferencias jurisdiccionales entre países/geografías y con Estados individuales.
  • Compromisos/planes de transición: muchas empresas se han comprometido públicamente (al margen de la información obligatoria) y seguirán estando sujetas a las normas vigentes de protección de los inversionistas en términos de publicidad/marketing justos, divulgación y descripción claras de los productos, etc.).

¿Cuáles son algunos de los principales cambios de la norma propuesta?

  • Alcance 3: se eliminó el requerimiento de información de emisiones de alcance 3 para todos los solicitantes de registro.
  • Materialidad: utilización de la definición estándar de materialidad, con un umbral de divulgación específico para las divulgaciones de los estados financieros; el uso del umbral de 1% se ha limitado significativamente.
  • Alcance 1 y 2: se limitan los requisitos de divulgación de las emisiones de alcance 1 y 2 a los grandes declarantes acelerados y a los declarantes acelerados, y solo cuando esas emisiones sean importantes; se exime de estos requisitos a los pequeños declarantes acelerados y de las empresas emergentes en crecimiento.
  • Cumplimiento: ampliación de determinados periodos de introducción progresiva.

Aplicabilidad

Empresas públicas con obligaciones de información de conformidad con la Sección 13(a) o la Sección 15(d) de la Securities Exchange Act, y empresas que presenten una declaración de registro de la Securities Act o la Exchange Act (conjuntamente, registrantes).

Disposiciones clave

La norma final modifica y crea nuevas secciones dentro de los reglamentos S-K y S-X que la SEC cree que proporcionarán información más coherente, comparable y fiable para que los inversionistas evalúen los riesgos relacionados con el clima para los registrantes. Los requisitos clave incluyen:

Gobernanza: supervisión de los riesgos relacionados con el clima y los procesos para la supervisión de los progresos en relación a objetivos, metas o planes de transición de la compañía por parte de Comités y/o del Consejo de Administración.

Supervisión de la gestión: incluye divulgaciones sobre el rol de la Dirección y otros los puestos de gestión o comités responsables en la evaluación y gestión de los riesgos relacionados con el clima, así como las competencias necesarias para ocupar esos roles.

Estrategia, modelo de negocio y perspectivas: divulgación de aquellos riesgos relacionados con el clima (físicos o de transición) que hayan tenido o sea razonablemente probable que puedan tener un impacto material en la estrategia, los resultados de las operaciones o de la situación financiera, con impactos a corto y largo plazo. Además, se deberá divulgar aquellas acciones implementadas para mitigar o adaptar a dichos riesgos, como, por ejemplo, planes de transición.

Gestión de riesgos: referente a los procesos existentes para identificar, evaluar y gestionar los riegos importantes relacionados con el clima.

Objetivos: informar sobre los objetivos o metas establecidas relacionadas con el clima, y el progreso o avance en la consecución de las mismas, incluyendo cualquier impacto material que hayan tenido estas medidas en el negocio.

Métricas de emisiones de GEI: Para los grandes declarantes acelerados y declarantes acelerados (según la definición de la norma), se solicita la revelación de sus emisiones de Alcance 1 y 2, en caso de que estas sean relevantes.

Inclemencias meteorológicas y otra información: Incluye la divulgación de costos capitalizados, gastos incurridos, cargos y pérdidas sufridas a consecuencia de fenómenos meteorológicos graves y otras condiciones naturales extremas.

Presentación de información: La información relacionada con el clima deberá ser presentada en las declaraciones de registro y en los informes anuales de la Ley de Mercado de Valores presentados ante la SEC.

Puerto seguro

Las normas finales proporcionan un puerto seguro para las divulgaciones relacionadas con el clima relativas a los planes de transición, análisis de escenarios, uso de un precio interno del carbono, y objetivos y metas. El puerto seguro establece que toda la información requerida por las secciones especificadas, excepto los hechos históricos, se considera una declaración prospectiva.

Fechas relevantes

Las normas definitivas entrarán en vigor 60 días después de su publicación en el Registro Federal. Para todos los solicitantes de registro, el cumplimiento se introducirá gradualmente en función de la condición del solicitante de registro como gran declarante acelerado (LAR), declarante acelerado (AF), pequeña empresa declarante (SRC), empresa emergente de crecimiento (EGC) o declarante no acelerado (NAF).

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Cr. Italo Elola

Director de Asesoramiento

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