Durante diciembre de 2024, las legislaturas estatales aprobaron los paquetes económicos para el ejercicio 2025, publicados en las gacetas y periódicos oficiales. La mayoría de estas disposiciones entraron en vigor el 1 de enero de 2025 e introdujeron una serie de cambios significativos y aspectos relevantes relacionados con los impuestos ecológicos en diferentes estados, los cuales se detallan a continuación:

Ciudad de México

A partir del 1 de enero de 2025 entró en vigor un nuevo impuesto denominado Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera, compuesto de los siguientes elementos:

1.  Objeto

Las emisiones contaminantes de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso, ya sea de forma unitaria o cualquier combinación de estas, expresadas en toneladas de dióxido de carbono equivalente o la fracción de tonelada por mes.

2.  Sujetos

Personas físicas y jurídicas colectivas que cuenten con fuentes fijas dentro del territorio de la Ciudad de México, que emitan gases contaminantes a la atmósfera.

3.  Base

La cuantía de la emisión contaminante de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso por tonelada.

4.  Cuota

El impuesto tendrá una cuota de MXN 58 por tonelada, además de la parte proporcional correspondiente a la fracción de tonelada de dióxido de carbono equivalente.

5.  Época de pago

A más tardar el día 17 del mes inmediato al que se cause el impuesto.

Otras consideraciones: está pendiente la emisión de las Reglas de Carácter General por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México (SAF), las cuales regularán aspectos como la declaración y el llenado de la Cédula de Operación Anual o Integral, y el cumplimiento de las obligaciones.

 

Morelos

Se creó un nuevo impuesto verde denominado Impuesto por Emisión de Gases a la Atmósfera:

1.  Objeto

La expulsión directa o indirecta a la atmósfera de bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluoro-carbonos, perfluoro-carbonos y hexafluoruro de azufre o cualquier combinación de estos.

2.  Sujetos

Las personas físicas y morales residentes del estado de Morelos o foráneas, que cuenten con fuentes fijas donde realicen actividades que generen emisiones de los gases mencionados.

3.  Base

La cuantía de la emisión contaminante por tonelada.

4.  Cuota

El impuesto se determinará aplicando una cuota de MXN 250 por tonelada de bióxido de carbono emitida o su equivalente.

5.  Época de pago

A más tardar el día 17 del mes inmediato al que se cause el impuesto.

 

San Luis Potosí

A partir del 1 de enero de 2025 entró en vigor el Impuesto Ecológico por la Emisión de Gases a la Atmósfera en San Luis Potosí, el cual se incorporó en la Ley de Hacienda para el estado mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del estado el 18 de diciembre de 2023.

Asimismo, en la misma fecha entraron en vigor las Reglas de operación de carácter general para el cumplimiento y pago del impuesto por la emisión de gases contaminantes a la atmósfera, emitidas por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del estado y publicadas el 31 diciembre de 2024.

Este impuesto establece que las personas físicas y morales residentes en San Luis Potosí, que tengan instalaciones o fuentes fijas en las que realicen actividades que generen emisiones de sustancias contaminantes a la atmósfera y afecten el territorio estatal, deberán pagar una cuota equivalente a 3 UMA (unidades de medida y actualización) por cada tonelada emitida.

En relación con los cambios a estos impuestos en las entidades federativas precisadas, existen elementos para cuestionar su constitucionalidad, una vez revisado cada caso en particular, y asegurar el correcto cumplimiento de los distintos impuestos ecológicos regulados por las legislaciones locales.

Como siempre, nuestros profesionales de la Práctica de Servicios Legales de KPMG México y en particular el área de Contribuciones Locales se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que puedan tener estas nuevas disposiciones en su empresa.

Contenido relacionado