NewsFlash: Entrada en Vigor del Nuevo Reglamento General del Registro Inmobiliario en Costa Rica

newsflash-marz-2025_1

Importancia del reglamento en la mejora de la seguridad y eficiencia del sistema registral inmobiliario.

1000

Contenido relacionado

NewsFlash

Entrada en Vigor del Nuevo Reglamento General del Registro Inmobiliario en Costa Rica

Empezó a regir a partir del 24 de marzo del 2025

Este reglamento introduce una serie de reformas significativas destinadas a fortalecer la seguridad registral inmobiliaria y mejorar la eficiencia en la tramitación de documentos.

El Reglamento tiene como objetivo principal regular las actividades administrativas y los aspectos sustantivos del Registro Inmobiliario, con el fin de fortalecer la seguridad registral inmobiliaria mediante la publicidad material de los documentos.

El Reglamento introduce un proceso de calificación en dos etapas para los documentos presentados en el Departamento Inmobiliario Registral. La primera etapa se enfoca en la verificación de requisitos de admisibilidad y aspectos tributarios, mientras que la segunda etapa revisa el acto o negocio jurídico rogado en donde se confirma que el contenido del documento esté conforme con el marco de calificación registral vigente, y se autoriza la inscripción, se suspende o se cancela el asiento de presentación del documento según corresponda.

Asimismo, a partir de la entrada en vigencia del Reglamento en los casos en los que hay rubros tributarios faltantes (timbres), surge el deber y la obligación para la persona registradora de señalar en caso de en forma puntual y concreta, el tipo y el monto del rubro tributario requerido para la inscripción del documento.

También se detallan medidas cautelares como la nota de aviso catastral, la nota de advertencia administrativa y la inmovilización de asientos registrales para garantizar la integridad de la información registral. Estas medidas buscan prevenir y corregir inexactitudes en la publicidad registral inmobiliaria. Asimismo, se establecen procedimientos para el saneamiento de inexactitudes en la publicidad registral, diferenciando entre inexactitudes de origen registral y extra registral, y proporcionando mecanismos para su corrección y se incluyen medidas como la rectificación de inscripciones y la cancelación de asientos irregulares.

 

Fuente: LA GACETA.

Este reglamento empezó a regir a partir del 24 de marzo del 2025 y está contenido en el  Decreto Ejecutivo No. 44647-MJP, Nº. 177 al alcance No. 163, publicado el 24 de setiembre del 2024.

© 2025 KPMG, S.A., sociedad anónima costarricense y firma miembro de la organización mundial de firmas miembros independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Limited, una compañía privada inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. Prohibida la reproducción parcial o total sin la autorización expresa y por escrito de KPMG.

Para más detalles sobre la estructura de la organización global de KPMG, por favor visite https://kpmg.com/governance.

La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en esta información sin el debido asesoramiento profesional después de un estudio detallado de la situación en particular.

Contáctenos