Mediante decreto publicado el 31 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se modifican las disposiciones aplicables para el otorgamiento del subsidio al empleo en cuanto al cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR); el cual es un beneficio fiscal diseñado para apoyar a los trabajadores cuyos ingresos mensuales, base del ISR, no excedan de MXN 10,171.00.
Valor del subsidio en 2025
El valor del subsidio para este año contempla dos periodos:
- Durante enero de 2025 se aplicará el porcentaje de 14.39% sobre la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2024, resultando en un importe mensual equivalente a MXN475.00
- A partir de febrero 2025 y en los meses restantes de este ejercicio fiscal, se aplicará el porcentaje de 13.8%, de la UMA vigente en 2025, resultando en un importe equivalente a MXN475.00
Periodos distintos a un mes
En los casos en que los periodos no sean de un mes completo, se deben tener en cuenta los siguiente supuestos:
- Para determinar la cuota aplicable a pagos que se realicen por periodos menores a un mes, se podrá dividir la cuota mensual que resulta del 13.8% de la UMA entre 30.4 y multiplicar este resultado por el número de días contemplados en el periodo de pago, para así obtener el monto específico
- En el caso en que se realicen pagos por dos meses o más, se deberá calcular el monto mensual de la UMA multiplicado por 13.8%, y a su vez, por el número de meses que corresponda el pago
- En ambos casos, el importe de subsidio al empleado determinado no podrá exceder del importe mensual máximo que resulte de multiplicar el valor mensual de la UMA por 13.8%
Es importante señalar que la aplicación de este decreto deberá considerar anualmente su actualización con base en la UMA que se emita en febrero de cada año; además, que en los casos donde el ISR del mes respectivo a cargo del trabajador sea menor al subsidio al empleo a otorgar, no dará lugar a que su remanente se aplique contra el impuesto generado posteriormente, ni se entregará cantidad alguna por concepto de este subsidio.
El decreto completo puede consultarse en el siguiente enlace: Modificación subsidio para el empleo.
Como siempre, nuestros profesionales de la Práctica de Servicios Legales de KPMG en México, en particular Legal Laboral, Seguridad Social e Impuestos Locales, se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su compañía el mencionado decreto.
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