Las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente el uso de certificados de sello digital para la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) si el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos publicados en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
Las restricciones serán efectivas si se incumplen las siguientes obligaciones fiscales:
- No presentar la declaración anual o más de dos pagos provisionales
- Si durante el procedimiento administrativo de ejecución o en el ejercicio de facultades de comprobación, no se localiza al contribuyente
- Se detecta que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas
- Si el contribuyente se ubica en el supuesto referente al octavo párrafo del artículo 69-B del CFF
- Si las actividades gravadas, el ingreso, el valor de los actos declarados, así como el impuesto retenido por el contribuyente, manifestados en las declaraciones informativas o de pagos provisionales, definitivos de retenciones o del ejercicio, no concuerdan con los documentos o bases de datos presentadas ante las autoridades fiscales
En caso de que se les restrinja temporalmente el uso del certificado de sello digital, los contribuyentes tendrán la oportunidad de presentar una solicitud de aclaración, con la intención de subsanar las irregularidades o aclarar los motivos que dieron paso a esta limitación. Por su parte, las autoridades fiscales contarán con un plazo de 10 días para emitir su resolución, misma que deberá ser notificada a través del buzón tributario.
Cabe señalar que, hasta que se emita una resolución a esta solicitud, se deberá permitir al contribuyente el uso del certificado.
Se recomienda que el afectado presente su solicitud de aclaración en el menor tiempo posible, junto con la documentación soporte y la formulación de argumentos que desvirtúen las causas que dieron origen a la restricción temporal, con el objetivo de restablecer el uso de su certificado.
Como siempre, el personal de la práctica de Impuestos y Legal de KPMG México está a sus órdenes para revisar y atender las implicaciones derivadas de los cambios anteriormente descritos, así como para analizar los efectos que puede tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.
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