El 5 de agosto de 2024, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR, mediante el cual se aprueban los lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, así como la relación de trámites y servicios disponibles, quedando sin efectos el ACDO.AS2.HCT.240620/170.P.DIR con los lineamientos del 9 de julio de 2020.

Disposiciones generales

Los lineamientos tienen el objetivo de establecer las bases para la notificación digital de actos y resoluciones administrativas, así como la gestión de trámites y servicios relacionados con la seguridad social.

Quedan como sujetos obligados las personas físicas o morales que deban realizar actuaciones mediante el Buzón IMSS o sean destinatarios de los actos o resoluciones administrativas emitidas por el instituto, como son: derechohabientes, patrones, contadores públicos, responsables solidarios y terceros relacionados (personas particulares).

Obligaciones

Toda persona particular deberá habilitar el Buzón IMSS a través de la página web www.imss.gob.mx/buzonimss, sección "Servicios del Buzón IMSS", y registrar por lo menos un correo electrónico y un número de teléfono móvil, con lo cual se obtiene un acuse del trámite en un plazo máximo de 180 días a la entrada en vigor de los lineamientos. De no realizarlo, el instituto podrá efectuar sus actos y resoluciones administrativas por estrados.

Tramites y servicios disponibles

Las notificaciones a través del Buzón IMSS se consideran recibidas al ser realizadas en el horario comprendido entre las 9:30 am y las 6:00 pm (zona centro de México), mediante el uso de la e.firma del promovente, con lo cual se producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente, como son:

  • Consulta y descarga de la propuesta de cédula de determinación
  • Informativa de contratos de servicios u obras especializadas (ICSOE) y servicios de cobranza
  • Notificación electrónica de actos administrativos y fiscales emitidos mediante documentos digitales, como resoluciones, rectificaciones, modificación, riesgos de trabajo, multas y oficios para revisar la correcta clasificación de las empresas, así como diversas invitaciones, correcciones y de cobranza
  • Suspensión de procedimientos administrativos de ejecución y desbloqueo de cuentas

El IMSS, mediante su página de internet www.imss.gob.mx/buzonimss, pondrá a disposición los documentos e información para el uso de este buzón, sin perjuicio de que las personas particulares puedan presentar los trámites por otros medios habilitados por la institución.

Vigencia

Estos lineamientos entran en vigor el 6 de agosto de 2024, por lo que es importante que los patrones se adapten al uso del Buzón IMSS y sus lineamientos, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social y evitar sanciones.

Esta información puede consultarse en: DOF - Diario Oficial de la Federación.

Como siempre, el personal de la Práctica Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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