El 28 de junio de 2024, los integrantes del Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México (Pleno Regional) emitieron un criterio de jurisprudencia en el que determinan el efecto de las sentencias de amparo que resuelve sobre la inconstitucionalidad de las disposiciones legales que regulan la tarifa del impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI) en la Ciudad de México, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2022.
En ese sentido, el Pleno Regional concluyó que la tarifa del ISAI es un elemento esencial de la contribución que solo puede ser objeto de una interpretación estricta, ya que los rangos y valores que la componen únicamente pueden actuar de manera conjunta y en la forma establecida, por lo que la falta de progresividad detectada en la norma tributaria no puede ser reparada para hacer subsistir el tributo mediante interpretación de los órganos judiciales.
En consecuencia, los efectos de la concesión del amparo que reclama la constitucionalidad de la tarifa del ISAI deben ser para que se desincorpore de la esfera jurídica del contribuyente la obligación de pagar el impuesto, de modo que no pueda aplicarse en el presente ni en el futuro, mientras que no se reforme la mecánica del tributo o cambie el contenido del artículo que la regula, y, en caso de haberse realizado el pago de la contribución, se restituya el total de la suma.
Se debe tener en cuenta que el efecto del amparo en contra de la tarifa del ISAI de la Ciudad de México, al ser emitido por el Pleno Regional en una jurisprudencia, resulta obligatorio para todos los órganos jurisdiccionales de su región.
Es importante destacar que la falta de progresividad en la tarifa del ISAI de los ejercicios 2021 y 2022, subsiste para el ejercicio 2024, por ello resulta oportuno analizar la situación de cada caso particular, con el fin de evaluar los medios de defensa idóneos para reclamar la inconstitucionalidad de la tarifa del impuesto en 2024, en beneficio del contribuyente.
Como siempre, el personal de la Práctica de Contribuciones Locales, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México, se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
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