El 19 de junio de 2024, los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron el amparo en revisión 116/2024, en el que se determina la inconstitucionalidad de la tarifa del impuesto predial en la Ciudad de México, particularmente lo previsto por el artículo 130, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México (CFCDMX).
El estudio de la constitucionalidad del impuesto se limita a analizar las normas que regulan la tarifa del impuesto predial en la Ciudad de México vigentes para el año 2023.
La Segunda Sala de la SCJN sostiene que para el ejercicio 2023 esta tarifa es inconstitucional, toda vez que no atiende a la progresividad que en su momento fue analizada, por lo que genera que la contribución resulte desproporcional.
Cabe recordar que la SCJN había resuelto que la tarifa regulada sí era constitucional, ya que su progresividad atendía en ese momento a los principios de equidad y proporcionalidad tributaria, siempre y cuando hubiera una estructura de los rangos y parámetros de la base gravable definidos entre un límite mínimo y uno máximo, con la tasa aplicable sobre el excedente del límite inferior y la cuota fija, lo que permitía cuantificar el gravamen en atención a la verdadera capacidad contributiva del causante del impuesto.
La inconstitucionalidad de la tarifa del impuesto predial de la Ciudad de México (amparo en revisión 116/2024), al ser resuelta por unanimidad de votos de los ministros de la Segunda Sala de la SCJN, resulta un precedente obligatorio para los órganos jurisdiccionales.
Es importante destacar que la falta de progresividad en la tarifa del impuesto predial del ejercicio 2023 subsiste para el ejercicio 2024, por ello resulta oportuno analizar la situación de cada caso, con el fin de evaluar los posibles medios de defensa para reclamar la inconstitucionalidad del impuesto en 2024.
Como siempre, el personal de la Práctica de Legal Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México, se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
Contáctenos
- Encontrar ubicación de oficinas kpmg.findOfficeLocations
- kpmg.emailUs
- Redes sociales @ KPMG kpmg.socialMedia