El viernes 8 de diciembre de 2023 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el aviso mediante el cual el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores da a conocer la suspensión de plazos para efectos de actos y procedimientos administrativos a cargo de dicha autoridad, debido a la declaratoria de emergencia y desastre natural por la ocurrencia de lluvia severa, vientos fuertes, inundación fluvial y pluvial el 24 y 25 de octubre de 2023, publicadas el 30 de octubre y el 2 de noviembre de 2023, así como la nota aclaratoria publicada el 3 de noviembre de 2023, en los siguientes 43 municipios de Guerrero:
Apaxtla, Arcelia, Chilpancingo de los Bravo, Cuetzala del Progreso, Eduardo Neri, Florencio Villarreal, General Heliodoro Castillo, Juan R. Escudero, Leonardo Bravo, Mochitlán, San Marcos, Tecoanapa, Tlapehuala, Acatepec, Ayutla de los Libres, Azoyú, Chilapa de Álvarez, Cocula, Copala, Cuajinicuilapa, Cuautepec, Igualapa, Juchitán, Malinaltepec, Marquelia, Quechultenango, San Luis Acatlán, Tixtla de Guerrero, Tlacoachistlahuaca, Tlacoapa, Xalpatláhuac, Coyuca de Catalán, Cutzamala de Pinzón, Petatlán, Pungarabato, Técpan de Galeana, Tlalchapa, Zirándaro, Acapulco de Juárez, Atoyac de Álvarez, Benito Juárez, Coyuca de Benítez y San Miguel Totolapan.
¿Qué actos y procedimientos administrativos serán sujetos de la suspensión?
Por una parte, el aviso establece que a partir del 9 de diciembre de 2023, y hasta el 30 de abril de 2024 se suspenderán y considerarán como inhábiles dichos días, por lo que no correrán plazos y términos para los patrones que tengan su domicilio en alguno de los municipios afectados para procedimientos como, por ejemplo, la interposición de algún medio de defensa como el recurso de inconformidad.
Por otro lado, se menciona que el plazo de los 12 meses de la duración de una visita domiciliaria o revisión de gabinete que actualmente se encuentre en trámite, se suspende desde el 9 de diciembre hasta el 30 de abril de 2024.
Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
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