El 30 de octubre de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023.
Contribuyentes
Este decreto es aplicable a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas, correspondientes a los municipios del estado de Guerrero señalados en la declaratoria de desastre natural que al efecto se emita por la autoridad competente.
Patrones
Los contribuyentes que realicen pagos de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, podrán enterar las retenciones del impuesto sobre la renta (ISR) de sus trabajadores correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, hasta en tres parcialidades sin que deban cubrirse actualizaciones, recargos o multas, de acuerdo con el siguiente calendario:
El servicio personal subordinado, a que se refiere este decreto, es el que se preste en dichas zonas afectadas del estado de Guerrero y no será aplicable a quienes se encuentran bajo la presunción establecida en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
El decreto entró en vigor el día de su publicación (30 de octubre de 2023) y es importante considerar que contribuyentes que deseen acceder a este beneficio deben contar con su respectivo aviso de domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento en las zonas afectadas, en forma previa al 24 de octubre de 2023.
Como siempre, el personal de la Práctica de Legal Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.
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