El 24 de octubre se aprobó por unanimidad del Pleno de la Cámara de Senadores el proyecto de decreto para actualizar las tablas de enfermedades profesionales y para la valuación de incapacidades permanentes.

En la lista se incorporan distintas patologías a las que se otorga el carácter profesional, entre 161 a 194, dado que algunos padecimientos fueron eliminados y otros agrupados. Algunos de los cambios más destacados son los siguientes:

  • Reconocimiento, por primera vez, de los trastornos mentales como estrés, ansiedad, depresión e insomnio
  • Incorporación de enfermedades de la mujer como la endometriosis o la infertilidad
  • Los cánceres de origen laboral se amplían de cuatro a 30 tipos
  • Las enfermedades ocasionadas por alguna intoxicación aumentaron de 36 a 46
  • Las patologías infecciosas y parasitarias subieron de 21 a 41, entre las que resalta la incorporación de COVID-19

Cédulas de valuación

Asimismo, con la actualización del listado de nuevas enfermedades y padecimientos, se incorpora el Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, el cual contendrá la descripción de los padecimientos, las ocupaciones a las que afectan y los exámenes de laboratorio necesarios para su diagnóstico.

Revisión cada cinco años

Se establece la obligación para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de revisar al menos cada cinco años la tabla de enfermedades y las cédulas de valuación o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.

Proceso legislativo

Con la aprobación del Senado se concluye el proceso legislativo, por lo que será enviada al Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación.

Entrada en vigor

Las nuevas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo en materia de enfermedades profesionales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, a partir de ese momento, la STPS contará con un plazo de 45 días hábiles para publicar las cédulas de valuación.

Como siempre, el personal de la Práctica de Legal Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas. 

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