¿Qué tipo de reportes deben presentar los prestadores de servicios especializados en el Sisub?

 

A través de su portal de internet, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) da a conocer los tipos de informe que se adicionan para la presentación de los contratos celebrados cuatrimestralmente mediante el Sisub, de acuerdo con la obligación establecida en la Ley del Infonavit para los patrones que prestan servicios especializados o ejecutan obras.

 

Tipos de informativas que se presentan en el Sisub:

  • Informe sin actividades (se adiciona): para patrones que no hayan celebrado contratos de servicios y que no llevaron a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas durante el cuatrimestre del que se trate

 

  • Informes de contratos: para patrones que celebraron contratos por la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas durante el cuatrimestre en cuestión

 

  • Informes con datos subsecuentes (de contratos informados): para patrones que llevaron a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas con contratos celebrados o modificados durante el cuatrimestre a informar

 

Periodos cuatrimestrales que deben informarse en el Sisub

 

  • Primer cuatrimestre (enero a abril): se presenta del 1 al 17 de mayo
  • Segundo cuatrimestre (mayo a agosto): se presenta del 1 al 17 de septiembre
  • Tercer cuatrimestre (septiembre a diciembre): se presenta del 1 al 17 de enero del año siguiente

 

Los patrones deben dar seguimiento oportuno al cumplimiento de esta obligación; su incumplimiento los hace acreedores a una multa que incide en su opinión de cumplimiento ante el Infonavit o en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse). Esta actualización no permite la opción de presentar información complementaria.

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que  pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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