¿Quiénes tienen la obligación de presentar avisos de inicio o incidencia de obra?
¿Cuál es el nuevo plazo para presentarlos?
El decreto por el cual se amplía el plazo para la presentación de avisos de inicio o incidencias de obra en el estado de Yucatán se publicó el 31 de marzo de 2022 en el diario oficial del gobierno de la entidad.
Los contribuyentes que realicen erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, que deriven de construcción por obra o tiempo determinado y deban presentar aviso de inicio o incidencias durante los meses de abril y mayo, podrán hacerlo durante junio de 2022.
Es importante recordar los datos que deberán ser informados a través de los medios que para tal efecto disponga la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán:
- Fecha de inicio de los trabajos
- Tipo de obra a ejecutar, es decir, pública o privada
- Ubicación
- Número de trabajadores
- Tiempo de duración
- Costo total de la mano de obra
- Número de licencia de construcción
- Número de metros cuadrados de construcción
- Suspensión, reanudación, cancelación y terminación, según sea el caso
El decreto entra en vigor el 1 de abril de 2022 y tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2022.
De esta manera, los contribuyentes que realicen o contraten obras deberán revisar estas obligaciones fiscales estatales que derivan de su actividad y considerar el poder apegarse al nuevo periodo señalado para su adecuado cumplimiento.
Como siempre, el personal de la Práctica de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que la aplicación de las disposiciones aquí expuestas pueda tener en su empresa.
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