¿Cuál es la nueva fecha del periodo de transición para que los contribuyentes emitan correctamente la factura electrónica con complemento carta porte?
¿Qué simplificaciones administrativas se están otorgando?
El 24 de diciembre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en un comunicado información relacionada con la emisión del complemento carta porte, así como algunas simplificaciones administrativas.
La fecha de entrada en vigor se mantiene para el 1 de enero de 2022; sin embargo, uno de los principales aspectos dados a conocer es que habrá un periodo de transición hasta el 31 de marzo de 2022 para que los contribuyentes emitan correctamente la factura electrónica con complemento carta porte, sin multas ni sanciones.
Se establece una simplificación administrativa para que quienes utilicen vehículos de carga ligera para transitar en un tramo cuya longitud de carretera federal no exceda los 30 kilómetros no requieran emitir factura electrónica con complemento carta porte.
Por otra parte, para las operaciones de comercio exterior, la factura electrónica con complemento carta porte será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.
Como siempre, el personal de la práctica de Impuestos y Legal de KPMG en México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.
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