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¿Cómo se gravará el reparto y entrega de mercancías y alimentos en la CDMX?

¿Cuándo deben pagarlo las plataformas digitales?

 

El 15 de diciembre de 2021, el Congreso de la Ciudad de México aprobó el decreto por el cual se adiciona una disposición al Código Fiscal de la Ciudad de México con el objetivo de que las personas físicas o morales que operen, utilicen o administren aplicaciones o plataformas informáticas para el control, programación o geolocalización, en dispositivos fijos o móviles, a través de los cuales los usuarios puedan contratar la entrega en la Ciudad de México de paquetería, alimentos, víveres o de cualquier tipo de mercancía, paguen mensualmente un impuesto por concepto de aprovechamiento por el uso y explotación de la infraestructura de la Ciudad de México.

Derivado de lo anterior, se establece que dichas plataformas digitales paguen 2% al mes, por el cobro total de las operaciones antes de impuestos, por cada entrega realizada. El monto que resulte  deberá pagarse a más tardar el día 15 del mes siguiente, debiéndose especificar el número de entregas de cada periodo.

En las discusiones en el Congreso se añadió a dicha disposición que el impuesto no debe incluirse en el costo total a cargo de usuario, ni cobrarse a los terceros oferentes o cualquier otro tercero que realice la entrega de paquetes, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía. Estas nuevas reglas implican un impuesto directo a las plataformas digitales y no al consumidor.

Cabe recalcar que los 130 países que forman parte del Marco Inclusivo de la OCDE, entre los que se cuenta México, acordaron fijar impuestos digitales solo de manera consensuada o, en caso contrario, derogarlos antes de la próxima entrada en vigor de las reglas del Pilar 1 de ese organismo.

Ante estas disposiciones, es relevante evaluar sus efectos en las organizaciones, así como las posibles revisiones de la reforma.

Como siempre, el personal de la práctica de Impuestos y Legal de KPMG en México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.

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