¿Cuál es la modificación con mayor relevancia?

¿Cuál es la fecha límite de pago para las declaraciones de octubre de 2021 por los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos?

 

En el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) fue presentada la primera versión anticipada a la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), vigente para el ejercicio 2021. Estas entrarán en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Al respecto, la modificación con mayor relevancia es la relacionada con la fecha a partir de la cual será obligatorio el uso del complemento carta porte, estableciéndose que será a partir del 1. ° de enero de 2022.

Por otro lado, se establece que la fecha límite de pago para las declaraciones de octubre de 2021, por los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos señaladas en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, será el 30 de diciembre de 2021.

En consideración de lo anterior, será importante mantenerse informado sobre las disposiciones que manifieste el SAT para la emisión del complemento carta porte, con el fin de evitar inconsistencias después de su entrada en vigor, toda vez que se termina el periodo de transición para esta nueva obligación.

Como siempre, el personal de la práctica de Impuestos y Legal de KPMG en México está a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de estas disposiciones.

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