¿Qué trabajadores con incapacidad temporal se pueden migrar en una sustitución patronal?

¿Qué derechos laborales conservan?                                                                                                                        
 

El 8 de septiembre de 2021, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo mediante el cual se aprueba, por única vez y sin sentar precedente, que aquellos patrones que presenten una sustitución patronal en cumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación publicadas el 23 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, puedan exhibir los movimientos afiliatorios de baja para los trabajadores con incapacidad temporal. 

Procedimiento autorizado

Se podrá llevar a cabo la migración de los trabajadores que cuenten con una incapacidad temporal vigente expedida por el IMSS, mediante su registro de alta en la empresa sustituta el día inmediato siguiente al de su baja en la empresa sustituida, manteniendo el mismo salario base de cotización registrado con el patrón sustituido, a fin de conservar sus derechos laborales, incluyendo salario y antigüedad.

Se instruye a las direcciones de incorporación y recaudación, prestaciones económicas, sociales y médicas, innovación y desarrollo tecnológico, finanzas, operación y evaluación, para que emitan las disposiciones necesarias para la aplicación de este acuerdo.

El presente acuerdo entra en vigor el día siguiente a su publicación, por lo que es recomendable identificar a aquellos empleados que cuentan con una incapacidad vigente y que actualmente se encuentran cotizando en el patrón sustituido. Esto, con motivo de las obligaciones en materia de subcontratación de la Ley del Seguro Social, permitiendo, una vez aplicado el movimiento afiliatorio, evaluar la vigencia del registro patronal sustituido.
 

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que  pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

Lo más reciente