¿En qué consisten las facilidades administrativas?

¿A qué contribuyentes aplica la resolución?

El 22 de marzo de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal en Internet, publicó la versión anticipada de la Resolución de facilidades administrativas para 2021 (RFA), aplicable a contribuyentes del sector primario y autotransporte durante 2021, destacando lo siguiente:

Retención del impuesto sobre la renta

Sector primario

  • Podrá enterar el 4% del impuesto sobre la renta retenido a trabajadores eventuales del campo, tomando como base la mano de obra pagada, siempre y cuando los pagos diarios realizados por cada trabajador no excedan MXN 427.00 dentro del área geográfica de la zona libre de la frontera norte, y de MXN 283.00 en el resto del país.
 
  • En caso de que el contribuyente anterior se encuentra adherido al decreto emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), publicado el 30 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual otorga beneficios fiscales a los patrones y trabajadores eventuales del campo, en lugar de aplicar lo antes mencionado, podrá considerar el salario base de cotización para determinar la retención correspondiente.

Sector de autotransporte terrestre de carga federal, foráneo de pasaje y turismo

  • Podrán enterar 7.5% del impuesto sobre la renta retenido a operadores, macheteros, maniobristas, cobradores, mecánicos y maestros, tomando como referencia el salario base de cotización que se utilice para el cálculo de las aportaciones ante el IMSS.

Mediante la emisión de estas facilidades administrativas se otorgan alternativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales respecto del impuesto sobre la renta a retener por estos sectores productivos del país (aplica a partir del 1.o de marzo de 2021).
Con la emisión de las facilidades administrativas para 2021 se abroga la resolución emitida en 2020.
 
Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG en México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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