¿Cuáles son las implicaciones para su empresa del incremento de los derechohabientes al IMSS?
¿A cuánto ascienden las multas por incumplimiento de esta obligación?
¿Cuáles son las implicaciones para su empresa del incremento de los derechohabientes al IMSS?
¿A cuánto ascienden las multas por incumplimiento de esta obligación?
Durante 2023 se recaudaron cerca de 494,766 millones de pesos (mdp) por ingresos obrero - patronales, esto debido al crecimiento que ha presentado el número de derechohabientes afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto ha derivado en una mayor relevancia de los dictámenes obligatorios y voluntarios ante esta dependencia, al igual que al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y de las contribuciones locales.
Fuente: Programa Institucional del Instituto Mexicano del Seguro Social 2020 – 2024. Informe de la situación presupuestaria al cuarto trimestre de 2023. Instituto Mexicano del Seguro Social, 2023
Para asegurar un correcto cumplimiento de sus obligaciones en materia laboral, las organizaciones se ven en la necesidad de presentar un dictamen; es decir, el documento en el que un contador público autorizado consigna su opinión de las obligaciones ya mencionadas ante tres diferentes instancias.
La primera es el IMSS. Ante este instituto, es obligatorio presentar el aviso de dictamen a más tardar el 30 de abril posterior al ejercicio en cuestión y el dictamen mismo, antes del 30 de septiembre. Entre los beneficios que se obtienen por esta práctica se encuentran el no ser sujeto de visitas domiciliarias por los ejercicios dictaminados; que no se emitan a su cargo cédulas de liquidación por diferencias del ejercicio, a excepción del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y adicionalmente se tendrá la certeza de evitar posibles multas y sanciones.
Para efectos del Infonavit, la presentación del dictamen es de carácter voluntario y los beneficios para las organizaciones son: no ser sujeto de visitas domiciliarias y no recibir cédulas de determinación de diferencias por el período dictaminado. El aviso debe presentarse a más tardar el 30 de abril de cada año, mientras que el dictamen puede presentarse dentro de los seis meses posteriores a la fecha de presentación del aviso.
En el caso de contribuciones locales, únicamente algunos estados están sujetos a dictaminar. Es pertinente tomar en cuenta las 11 entidades que se mencionan en este documento, donde es una obligación presentar el dictamen de contribuciones locales.
En esta entidad se tiene la obligación de dictaminar el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal cuando caen en supuestos como tener 200 o más trabajadores, o realizar pagos mensuales por remuneraciones de 400,000 pesos en promedio, entre otros.
Los impuestos a dictaminar en esta entidad son el impuesto sobre nóminas cuando los patrones tienen por lo menos 100 trabajadores o cuando han realizado erogaciones superiores a 15 millones de pesos (mdp), además del impuesto al hospedaje y el impuesto sobre extracción de materiales del subsuelo.
En cuanto a requerimientos específicos se requieren revelaciones de gastos específicos por naturaleza, al igual que la presentación de gastos operativos por naturaleza o función. En este caso, es posible una presentación mixta.
En caso de contar con 100 o más trabajadores o hayan tenido ingresos acumulables superiores a 25 millones de pesos para ISR, los contribuyentes podrán dictaminar el impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal, así como los impuestos sobre la prestación de servicios de hospedaje, sobre diversiones, espectáculos públicos y juegos permitidos, sobre loterías, rifas, sorteos, concursos de toda clase y apuestas sobre juegos permitidos.
Es el estado con más impuestos a dictaminar, entre los cuales se encuentra el impuesto sobre nóminas cuando se tengan 150 o más trabajadores o realicen pagos por remuneración al trabajo de $400,000; sobre tenencia o uso de vehículos; sobre la prestación de servicios de hospedaje; sobre rifas, sorteos, loterías y concursos; sobre las demasías caducas y sobre enajenación de automóviles, camiones y demás vehículos de motor usados.
En este estado únicamente se cuenta con la obligación de dictaminar el impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal cuando se hayan tenido más de 150 trabajadores o se hayan realizado pagos en cantidades superiores a 4 mdp por concepto de sueldos y salarios o si el contribuyente tiene como actividad preponderante la contratación de servicios personales subordinados o tengan ingresos acumulables y valor del activo de acuerdo con el Art. 32-A del Código Fiscal de la Federación.
Al igual que el estado de Veracruz, únicamente se tiene la obligación de dictaminar el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal cuando se hayan realizado pagos a más de 200 trabajadores o se hayan erogado más de 10 mdp por este concepto en el ejercicio fiscal.
Los establecimientos o prestadores de servicios de juegos con apuestas, sorteos o concursos, están obligados a dictaminar el impuesto sobre remuneración al trabajo personal, impuesto por la prestación de servicios de hospedaje, impuesto estatal por la prestación de servicios de juegos con apuestas y concursos y el impuesto predial cuando hayan tenido 4 millones de ingresos acumulables para ISR, tengan más de 20 trabajadores a su servicio o presten servicios profesionales de persona la contribuyentes dentro del estado, entre otros supuestos.
Se dictamina el impuesto sobre nóminas al contar con 100 o más trabajadores, tengan una base mensual para ISN de $750,000 o hayan tenido ingresos acumulables superiores a 10 millones para ISR, además del impuesto sobre servicios de hospedaje, impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales, impuesto de la emisión de gases a la atmósfera; el impuesto por la emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua y, el impuesto al depósito o almacenamiento de residuos.
Estarán obligadas a dictaminarse el Impuesto Sobre Nóminas cuando en el año calendario inmediato anterior, hayan realizado erogaciones o pagos, en efectivo o especie, por concepto de remuneraciones al servicio personal subordinado, a un promedio mensual de 100 o pagos acumulados de 1millón de pesos o más
Se dictamina el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, a empresas que hayan realizado pagos a más de 100 trabajadores en promedio mensual o que hayan erogado más de 12 MDP por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, así como a honorarios asimilables.
80 millones de derechohabientes reportó el IMSS al cierre de 2023, lo que significó que brinda atención médica a 6 de cada 10 mexicanos. Esto implica un control más estricto en materia fiscal por parte del instituto.1
Hasta 31,307 pesos puede alcanzar una multa para el patrón que no cumpla con el dictamen ante el IMSS.
El proceso de dictamen resulta vital para evitar una posible intervención del Instituto Mexicano del Seguro Social o situaciones debidas al incumplimiento de este proceso. Ya sea de carácter obligatorio o voluntario, presentar este tipo de documentos requiere la validación de un tercero calificado, específicamente un contador público certificado. En este sentido, los especialistas de KPMG México en materia de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones están preparados para trabajar con usted hombro con hombro y apoyarlo en la presentación de avisos y dictámenes ante el IMSS, el Infonavit, o bien, en cuanto a contribuciones locales, en el caso de que su organización así lo requiera.
Nuestros servicios:
El personal de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa y la aplicación de las disposiciones aquí expuestas, mediante servicios como:
Contacte a nuestros profesionales de KPMG México para obtener una asesoría especializada que le ayude a cumplir cabalmente con sus obligaciones de dictaminación.
Socio Líder de Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones
KPMG México