Con la promulgación de la Ley núm. 526 del 28 de mayo de 2026 (en lo adelante, la “Ley”), Panamá reformó el tratamiento fiscal aplicable a determinadas rentas pasivas de fuente extranjera, al modificar el Código Fiscal respecto al impuesto sobre la renta. Estas modificaciones entrarán en vigencia a partir del período fiscal 2027.
Dentro de las modificaciones introducidas por la Ley, se dispone que las entidades de grupos multinacionales (i.e., conglomerados de dos o más empresas en distintas jurisdicciones) deberán cumplir con criterios de sustancia económica y reflejar en sus declaraciones anuales los ingresos derivados de dichas rentas. En caso contrario, serán consideradas entidades no calificadas y estarán sujetas a una tarifa única y definitiva del 15% sobre la renta neta gravable en el período fiscal correspondiente.