Regulaciones Nacionales

Novedades semanales

Periodo comprendido: 5 de noviembre de 2022 al 11 de noviembre de 2022, inclusive.

LEY 27693

Impuesto a los Premios de Sorteos y Concursos Deportivos. B.O. 9/11/2022

Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2072 la vigencia del gravamen a los premios de determinados juegos de sorteos y concursos deportivos creado por la ley 20.630. 

También se prorroga hasta la mencionada fecha, la vigencia de las siguientes asignaciones específicas previstas en la ley 27.432:

-Gravamen de emergencia a los premios de determinados juegos de sorteo y concursos deportivos previsto en la ley 20630;

-Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos e Impuesto sobre los videogramas grabados previstos en la ley 17741.

-Impuesto a los servicios de comunicación audiovisual previstos en la ley 26522.


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5280/2022.  Impuesto a las Ganancias. Decreto N°714/22. Régimen de retención. B.O. 7/11/2022

Se reglamenta el Decreto N°714/22 que incrementó a $330.000 el monto a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados tributan el Impuesto a las Ganancias.

A fin de determinar la procedencia de la exención del SAC del período fiscal 2022, deberán tenerse en cuenta, en cada caso, los montos de remuneración y/o haber bruto mensual que se indican a continuación:

  1. Primera cuota: el monto de la remuneración y/o haber bruto que no supere la suma de $280.792.-, inclusive, resultante del promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del primer semestre. La retención practicada, cuando hubiese correspondido, sobre la primera cuota del sueldo anual complementario, no será pasible de modificación en oportunidad del pago de la segunda cuota correspondiente al período fiscal 2022.
  2. Segunda cuota: el monto de la remuneración y/o haber bruto mensual que no supere la suma de $330.000.- mensual, resultante del promedio de la remuneración y/o haber bruto del segundo semestre.

Por último, se establecen precisiones a efectos de determinar la procedencia y el cálculo de la deducción especial incrementada prevista en el penúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, sobre los haberes brutos cuya suma supere los $330.000 mensuales, pero no exceda de $431.988 mensuales. 

 

Resolución General 5283/2022. Impuesto a las Ganancias. Artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019 y sus modificaciones. Zona sanitaria desfavorable. B.O.11/11/2022

Se exceptúan de la base de cálculo de la retención del Impuesto a las Ganancias a las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública, cuando la prestación del servicio se realice en un centro público de salud ubicado en zonas sanitarias desfavorables declaradas expresamente por la autoridad sanitaria nacional.

Los agentes de retención que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, hubieran efectuado retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre rentas que debían considerarse exentas en los términos del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, deberán reintegrarlas en la primera remuneración que se pague con posterioridad a dicha vigencia.

 

Resolución General 5281/2022. Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial. Determinación e ingreso del gravamen. B.O. 9/11/2022

Se aprueba una nueva versión del programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 21.0” que deberán utilizar las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial, a los fines de la determinación del Impuesto a las ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada.

Las disposiciones de esta Resolución resultan de aplicación para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten desde el 10/11/2022. 

 

Resolución General 5284/2022. Procedimiento. Registro de Entidades Pasivas del Exterior. Su conformación. B.O. 11/11/2022

Se incorpora la obligación de informar las rentas pasivas del exterior a los fideicomisos y demás entes del exterior asimilables a los mismos comprendidos en la Resolución General N° 3.312, sus modificatorias y complementarias. 

La información deberá ser suministrada ante la AFIP utilizando el servicio denominado “FIDEICOMISO - RENTAS PASIVAS”. 

 

Resolución General 5285/2022. Procedimiento. Resoluciones Generales Nros. 3.312 y 4.697 y sus respectivas modificatorias y complementarias. Introducción régimen de información fideicomisos. Modificación aplicativos. B.O. 11/11/2022

La AFIP unificó en un solo texto normativo la obligación de informar al “Registro de Entidades Pasivas del Exterior” -creado por el artículo 90 de la Ley N° 27.260- las rentas pasivas obtenidas del exterior por parte de los sujetos alcanzados por las Resoluciones Generales Nros. 3.312 y 4.697 y sus correspondientes modificatorias y complementarias.

En función de lo expuesto, se adecuan y actualizan las normas citadas en el primer párrafo y se aprueba una nueva versión del aplicativo “FIDEICOMISOS DEL PAIS Y DEL EXTERIOR”, que se encontrará disponible para su descarga en el sitio web institucional a partir del 1 de diciembre de 2022.

 

Resolución General 5282/2022. IVA. Decreto N° 692/98 y sus modificatorios. Prestaciones financieras. B.O. 9/11/2022

Se adecuan los procedimientos, requisitos, plazos y demás condiciones a contemplar por los sujetos que otorguen préstamos -cualquiera sea su condición- y por los tomadores respectivos a fin de acreditar el beneficio a la exención del Impuesto al Valor Agregado sobre los intereses de préstamos para vivienda concedidos por el FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA y los correspondientes a préstamos para compra, construcción o mejoras de la vivienda que constituye o constituirá la casa habitación del tomador del préstamo. 

 

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 794/2022. Impuesto al Valor Agregado. Devolución de los créditos fiscales originados en inversiones de bienes de uso. B.O. 7/11/2022

A los fines del mecanismo de devolución de los créditos fiscales originados en inversiones de bienes de uso -excepto automóviles- que, luego de transcurridos 6 períodos fiscales consecutivos, contados a partir de aquél en que resultó procedente su cómputo, conformaren el saldo a favor de los responsables, se establece que el orden de prelación para la distribución del límite máximo anual se determinará con base en la antigüedad de los saldos acumulados según el período fiscal en el que se hubieren generado.

Regulaciones Provinciales

Provincia de Jujuy

Ley 6303. Fomento de la industria de generación de hidrógeno verde. B.O. 4/11/2022

Se declara de interés estratégico la producción de hidrógeno verde dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, en el marco de la política pública provincial de generación de energías renovables y la estrategia provincial "Jujuy Verde - Carbono Neutral 2050", instaurada por Ley N° 6230.

Se dispone que aquellos proyectos privados de generación de hidrógeno verde que se radiquen en la Provincia de Jujuy asociados con la empresa estatal Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (J.E.M.S.E.) gozarán de los siguientes beneficios impositivos: a) Exención de Ingresos Brutos, b) Exención al Impuesto de Sellos, c) Prioridad para recibir apoyo de los fondos de promoción de inversiones vigentes o a crearse en la Provincia, d) Eximición de tributos Provinciales y/o Tasas Municipales.

 

Dirección Provincial de Rentas. Resolución General 1628/2022. Régimen de pago a cuenta por traslado de mercadería. B.O. 4/11/2022

Se modifica el Régimen de Pago a Cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen y/o egresen a la Provincia de Jujuy o se trasladen dentro de ella, por cualquier medio, para su compraventa, remisiones entre fábricas o sucursales, y/o entregas en depósito o en consignación.

En tal sentido, se establece que el contribuyente deberá liquidar el pago a cuenta vía web y efectuar el pago antes del momento del ingreso de la carga a la provincia de Jujuy y/o traspaso por el puesto de control interviniente.

 

Provincia de Mendoza

Decreto 1978/2022. Programas "Mendoza Activa II" y "Mendoza Activa Hidrocarburos II". Certificados de crédito fiscal. B.O. 8/11/2022

Se modifica el Artículo 7º del Decreto Nº 955/21 que reglamenta el Artículo 30 de la Ley Nº 9330, que hace referencia a la autorización al Poder Ejecutivo para el destino de los fondos a los Programas y se actualizan los montos a erogar por cada entrenamiento laboral efectivizado en el Programa ENLACE a partir del 01 de agosto de 2021. 

 

Provincia de Tucumán  

Dirección General de Rentas. Resolución General 100/2022. Régimen de regularización de deudas fiscales. B.O.10/11/2022

Al solo efecto del acogimiento al régimen de regularización previsto en el Decreto N° 1243/3 (ME)-2021se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias abonadas hasta el día 31 de octubre de 2022 inclusive.