Por: Carmen Sánchez, Socia de Impuestos y Legal de KPMG Costa Rica
Las empresas en la región de México y Centroamérica han experimentado una espiral de eventos que impactan el sistema tributario, particularmente en la manera en que los contribuyentes cumplen adecuadamente con sus obligaciones y auditorías, y en la forma en que transforman su departamento Fiscal para agregar valor.
Las reformas tributarias nacionales y globales, ya sean implementadas o que aún están siendo analizadas, enfocadas en la evasión de planificaciones fiscales abusivas, el incremento de la recaudación y el aseguramiento de la tributación donde se generan los rendimientos, han puesto gran presión sobre el sistema a un ritmo creciente.
En este sentido, en las reformas nacionales destacan las relacionadas con incrementar las medidas antielusivas que incorporan medidas recomendadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en las legislaciones. Al respecto, algunos países de la región, como México y Costa Rica, ya se han comprometido con el intercambio automático de información y la transparencia fiscal en el marco de la Acción 5 de la erosión de la base imponible y traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) del reporte sobre prácticas fiscales nocivas.
Por otro lado, podemos decir que en la columna vertebral de las reformas nacionales e internacionales se encuentra el principio de la sustancia económica. En este contexto, los países de la región han adaptado su normativa y procedimientos de auditoría para asegurar la prueba sustantiva de las transacciones. Si bien se aprecia que la forma jurídica es fundamental, cobra más relevancia la sustancia mediante la prueba de prestación efectiva, existencia de los recursos necesarios, trazabilidad de fondos, entre otros.
De igual forma, han surgido otras reformas a través de mejores prácticas recomendadas, tales como la limitación de la deducibilidad de los intereses y el análisis de los precios de transferencia. En este punto, las transacciones relacionadas a intangibles están representando un desafío en controversia y litigio para contribuyentes con las autoridades tributarias. Un ejemplo de ello es el sector de tecnología, el cual cuenta con las actividades económicas de mayor dinamismo en investigación, desarrollo, generación de negocios, entre otros.
En la Acción 8 de BEPS, se desarrolla una normativa específica que ha sido incluida en las guías de precios de transferencia de 2022 de la OCDE, la cual resalta el análisis de las actividades de desarrollo, mejora, mantenimiento, protección y explotación (DEMPE, por sus siglas en inglés), provocando que el enfoque se dirija a la cadena de valor más que a la forma.
Con los múltiples eventos de la realidad tributaria, se ha creado una tendencia en los contribuyentes, particularmente en los grandes, por transformar su función Fiscal, eficientizar procesos, incrementar el desarrollo de habilidades del talento, incorporar tecnologías apropiadas, convertir el uso de datos en generación de información, entre otros. Esto les permite agregar valor a sus organizaciones, nivelar sus capacidades con las de las autoridades, anticipar riesgos y generar propuestas de mejora a los gobiernos corporativos en la definición de las estrategias del negocio.
En ese proceso de transformación, no se puede omitir la necesidad de ir al ritmo de las autoridades tributarias en cuanto al uso de tecnología, ya que actualmente cuentan con vasta información de los contribuyentes en tiempo real, con la cual incluso pueden proponer declaraciones de impuestos prellenadas. Asimismo, la inteligencia tributaria les permite revisar rápidamente los riesgos específicos y trabajar en equipo con las administraciones globales.
Sin duda, las presiones sobre los sistemas tributarios de la región requieren que la función Fiscal de las empresas amplíe su foco de acción y pase del cumplimiento tributario a la gestión de riesgos y generación de valor en las juntas de gobierno corporativo.
Nota: las ideas y opiniones expresadas en este escrito son de quienes firman el artículo y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en México.
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