Flash Informativo Diciembre 12
Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.
El Consejo de Estado anuló doctrina de la DIAN sobre la titularidad para declarar las retenciones en la fuente en los contratos de cuentas en participación
El Consejo de Estado, mediante Sentencia No. 26085 del 30 de agosto de 2024, anuló parcialmente varios apartes del Concepto General 008537 de 2018 de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN. Esta doctrina establecía que, en los contratos de cuentas en participación el socio gestor como único responsable y dueño visible del negocio es el titular de los ingresos sometidos a retención en la fuente y, por ende, el único que podía declarar dichas retenciones a título del Impuesto sobre la Renta, descartando el traslado de estas al socio oculto de manera proporcional conforme a la participación en el contrato.
La Sala determinó que los apartes demandados infringían el artículo 18 del Estatuto Tributario modificado por la Ley 1819 de 2016, que establece que, en los contratos de cuentas en participación, cada una de las partes del contrato, ya sea como gestores, o como partícipes ocultos, deben declarar de manera independiente los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones de acuerdo con su participación.
La Sentencia resalta que la interpretación de la DIAN, que otorgaba al socio gestor la exclusividad para declarar las retenciones en la fuente, transgredía los principios de justicia y equidad tributaria. Por lo que, las retenciones practicadas en desarrollo del contrato de cuentas en participación deben ser repartidas a prorrata de su participación entre los partícipes porque surgen de los ingresos y utilidades derivados de la ejecución del contrato, permitiendo que cada uno pueda descontar la retención en la fuente correspondiente a su participación.
Por lo anterior se concluye que, con esta decisión, se garantiza que todos los partícipes puedan beneficiarse de las retenciones en la fuente de acuerdo con su participación en el contrato.
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