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Mediante Decreto N.º 5.207, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.292 de fecha 9 de enero de 2026, se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como del Impuesto de Importación y de la tasa por Determinación del Régimen Aduanero, así como de cualquier otro impuesto y tasa aplicable a las importaciones definitivas y las ventas realizadas en el territorio nacional, de combustibles derivados de hidrocarburos, así como a los insumos y aditivos destinados al mejoramiento de la calidad de la gasolina..
Le invitamos a consultar nuestra Síntesis Legal para obtener una visión más detallada de esta medida y sus implicaciones en el ámbito tributario y aduanero:
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