El pasado 2 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo mediante el cual se dieron a conocer los contratos colectivos de trabajo legitimados y la terminación de los que no cuentan con legitimación ni se encuentran registrados para su consulta al 1 de mayo de 2023.

Aproximadamente, solo 4% de las empresas llevaron a cabo la acción de legitimar su contrato colectivo de trabajo, colocándolas en una posición menos riesgosa ante los sindicatos. La autoridad ha publicado una lista que incluye a dichas empresas, a la cual se tiene acceso público, lo que vulnera a todas las entidades que no cuentan con uno.

Si su empresa decidió no legitimar su contrato colectivo de trabajo, a continuación compartimos algunas de las consecuencias inherentes:

1.- Para las empresas que tenían celebrado un contrato colectivo de trabajo:

  • Deberán respetar las condiciones laborales que actualmente ofrecen a su plantilla en dicho contrato
  • Se abstendrán de descontar cuotas sindicales o celebrar convenios de revisión de condiciones de trabajo o salariales
  • El sindicato actual podrá buscar la representatividad de los trabajadores y una vez obtenida, podrá emplazar a huelga para la firma de un nuevo contrato colectivo, existiendo la posibilidad de que se intenten negociar mayores prestaciones para la plantilla de las que se ofrecen en la actualidad
  • Existe la posibilidad de que otro sindicato de cualquier índole busque la representación de sus trabajadores, y con ello podría emplazar a huelga a su compañía para la firma de un nuevo contrato colectivo (implicando pliegos petitorios onerosos) con este nuevo sindicato

 

2.- Para las empresas que no tenían celebrado un contrato colectivo:

  • Cualquier sindicato podrá buscar la representación de los trabajadores, y con ello podrá emplazar a huelga para la firma de un contrato colectivo

Sugerimos tomar acciones que permitan canalizar una relación laboral sostenible a futuro para su empresa, con algunas alternativas para limitar el riesgo, por ejemplo:

  1. Análisis de riesgo sindical con el que podría tomarse una decisión en función de una negociación colectiva
  2. Capacitación de sensibilización asertiva al personal sindicalizable para la toma de decisiones

Como siempre, el personal de la Práctica de Laboral, Seguridad Social y Servicios Fiscales en Remuneraciones de KPMG México se encuentra a sus órdenes para analizar de manera detallada los efectos que pueda tener en su empresa la aplicación de las disposiciones aquí expuestas.

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