Por: Ricardo Arellano, socio de Impuestos Corporativos especialista en Empresas Familiares de KPMG en México

A pesar de que la pandemia representó un periodo sumamente complejo e impredecible, las lecciones que dejó para las organizaciones se han convertido en parte fundamental de los planes que estas implementan para dar continuidad a su negocio.

Algunos de ellos permiten disminuir las afectaciones de una contingencia, afrontar adecuadamente y con flexibilidad una crisis o incrementar sus ingresos; sin embargo, algo que es definitivo es que las empresas familiares hoy tienen la obligación de seguir consolidando su institucionalización y trabajar en el análisis de riesgos, lo que también permite atenuar los efectos negativos de cualquier contingencia.

Los aspectos básicos y prioritarios de la institucionalización son relevantes porque son los primeros que se evidencian cuando se presenta una situación emergente, dejando ver los cambios que debieron realizarse de manera anticipada; en el caso específico de las compañías familiares, cuando la institucionalización es eficaz, ofrece un balance óptimo para la familia, sus bienes y el funcionamiento del negocio.

Dichos aspectos incluyen todo lo relativo a procesos y tecnología, así como temas relacionados con el modelo de negocio, la capacidad de innovación, entre otros. En este sentido, las organizaciones deben siempre apostar por la eficiencia en sus procesos, así como por tener controles internos de la más alta calidad.

En su quehacer fiscal, es sumamente importante que las empresas familiares definan herramientas flexibles que permitan extraer la información necesaria, considerando que los requerimientos pueden cambiar constantemente. De hecho, una inversión inicial en ello ayudará a reducir costos e incentivar la eficiencia.

Adicionalmente, el conocimiento que estas tengan de las disposiciones fiscales será determinante, algo que puede ser más sencillo cuando se implementan tecnologías y un tipo de gobernanza que busquen en todo momento cuidar de la reputación del negocio, así como garantizar el cumplimiento y atender posibles riesgos.

Por otro lado, en materia fiscal existen diversos beneficios que en ocasiones pasan desapercibidos, y que requieren de una gestión fiscal eficiente. Los siguientes son algunos de ellos:

  • Posibilidad de disminuir pagos provisionales en el segundo semestre del año
  • Aplicación, en ciertos casos, de la regla 3.2.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023, la cual permite considerar como ingreso acumulable solo lo cobrado y aplicar un costo estimado, aunque no se haya erogado al momento de percibir el flujo de efectivo
  • Aplicación de costos estimados conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) a cierto tipo de contribuyentes
  • Posibilidad de aplicar la tasa de 100% en algunas deducciones de inversiones, tales como maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables
  • Aplicación del saldo por deducir de las inversiones cuando estas hayan dejado de ser útiles
  • Deducción de cuentas incobrables, cuidando el cumplimiento de requisitos
  • Solicitud de saldos a favor de contribuciones realizadas
  • Aplicación de estímulos fiscales cuando se tenga derecho a ellos
  • Atención a aspectos legales y fiscales de la sucesión de una empresa familiar, y, en general, transmisión del patrimonio a familiares y siguientes generaciones (Ver Global family business tax monitor 2023 - KPMG Global)

Revisar estos aspectos y considerar los temas técnicos, así como factores internos y externos (los cuales pueden afectar en mayor medida) será crucial. No debe perderse de vista que, a partir de 2020, se incorporó en el Código Fiscal de la Federación (CFF) que los actos jurídicos que se realicen deben contar con razón de negocios y que siempre deben tomarse en cuenta en las operaciones que lleven a cabo las organizaciones.

Finalmente, debe vigilarse que se cumpla la obligación de reportar a las autoridades fiscales sobre aquellos esquemas que generen un beneficio fiscal y tengan alguna característica señalada en el CFF, ya que de no hacerlo se pueden enfrentar a sanciones importantes. 

Nota: las ideas y opiniones expresadas en este escrito son de quienes firman el artículo y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en México.

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