Hoy, jueves 11 de junio, el Gobierno Dominicano, a través del Ministerio de Hacienda y Economía, presentó varias medidas económicas y tributarias (en lo adelante el “Plan”), con el fin de mejorar los ingresos estatales para mitigar el impacto de la crisis internacional.
En este sentido, el Plan propone los siguientes cambios al sistema tributario:
- Depreciación acelerada para promover la inversión privada a partir de 2027.
- Reembolso a exportadores del Impuesto Selectivo a los combustibles y seguros.
- Derogación gradual de diversos impuestos anacrónicos, incluyendo los de hipotecas, constitución de compañías y el impuesto selectivo a los seguros de vida.
- Devolución del Impuesto Selectivo sobre el alcohol etílico utilizado en la fabricación de medicamentos.
- Eliminación de los anticipos del Impuesto sobre la Renta (ISR) para microempresas.
- Simplificación del régimen de anticipos para pequeñas empresas (pasando de 12 cuotas mensuales a 3 cuotas al año).
- Eliminación de anticipos e Impuesto sobre los Activos para el sector agropecuario.
- Actualización del Título I del Código Tributario, incluyendo la reducción de recargos moratorios, la actualización de la referencia a intereses indemnizatorios, la formalización de los acuerdos de pago y la actualización de descuentos por pronto pago.
- Ampliación del Régimen Simplificado de Tributación (RST) mediante el aumento de los umbrales aplicables a personas físicas y al sector agropecuario (de DOP 12 millones a DOP 15 millones) y al régimen basado en compras (de DOP 55 millones a DOP 60 millones), así como la creación de un nuevo umbral para pequeños negocios (DOP 30 millones).
- Modernización del régimen de sucesiones y donaciones, mediante la actualización de los montos exentos del impuesto sucesoral y la reducción de la tasa aplicable para transmisiones en vida entre padres e hijos de 25% a 3%.
- Reducción de 25% a 10% del ISR por ganancia de capital en la venta de inmuebles en el caso de personas físicas.
- Derogación de leyes de control tributario obsoletas, entre ellas la Ley de Impuesto a los Fósforos de 1935 y la Ley de Control de Estampillas de 1966.
- Implementación de mecanismos de percepción del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a cargo de la Dirección General de Aduanas para importaciones realizadas por contribuyentes informales.
- Aumento de las retenciones por concepto del ISR a un grupo de contribuyentes.
- Fortalecimiento de los mecanismos de trazabilidad fiscal para bebidas alcohólicas, cigarrillos y combustibles.
- Poder de veto en la clasificación de los beneficiarios de leyes de incentivos fiscales al Ministerio de Hacienda y Economía y al Ministerio de la Presidencia.
- Aumento del Impuesto sobre Cheques y Transferencias Electrónicas de 0.15% a 0.20%.
- Aumento temporal (3 años) de la tasa del ISR de personas jurídicas de 27% a 30% para grandes contribuyentes con ingresos superiores a DOP 1,000 millones anuales.
- Creación de un nuevo tramo del ISR de personas físicas a una tasa de 27% para salarios superiores a DOP 400 mil mensuales.
- Creación del Impuesto Selectivo a los cigarrillos electrónicos y vapes.
- Aumento de la tributación a casinos y juegos de azar.
- Aumento de USD 10 a los pasajes aéreos.
- Incorporación a rango legal de determinadas medidas tributarias que actualmente se establecen mediante normas administrativas o leyes anuales de presupuesto, incluyendo la contribución al GLP, la aplicación de la tasa cero de ITBIS a determinados bienes de consumo básico y la eliminación de la exoneración aplicable a la importación de maquinarias destinadas a juegos de azar.
- Eliminación del ITBIS y de los aranceles aplicables a ambulancias, camiones de bomberos y camiones compactadores de basura.
- Eliminación del ITBIS aplicable al asfalto y al AC-30.
- Indexación del mínimo exento en un 15% para cubrir el costo de la canasta familiar del primer y segundo quintil. En consecuencia, se elevaría el mínimo exento de DOP 34,685 a DOP 39,900.
- Aumento de la deducción por gastos educativos del 25% al 30%, y hasta un 50% cuando dichos gastos sean realizados en beneficio de personas con discapacidad o con trastornos del neurodesarrollo.
En adición, como en otras propuestas pasadas de cambios sustanciales al sistema tributario, el Plan propone el lanzamiento de una amnistía fiscal transitoria.
A su vez, los cambios planteados en el presente Plan serán abordados en detalle en una próxima Nota Informativa a ser publicada por KPMG, una vez el Poder Ejecutivo publique el Proyecto de Ley que abordaría estos cambios. Finalmente, KPMG reafirma su disposición de brindar servicios de asesoría fiscal y legal para analizar el impacto de estas medidas en su negocio.