Como parte de nuestro compromiso con la actualización permanente y la excelencia técnica, compartimos un resumen de las principales novedades normativas provinciales en materia de impuestos indirectos, con impacto directo en la gestión tributaria de empresas y contribuyentes.
🟢San Juan: Nuevo régimen integral de Domicilio Fiscal Electrónico
La Resolución (DGR San Juan) 1441/2026 consolida y actualiza el régimen del Domicilio Fiscal Electrónico:
- Obligatoriedad para todos los contribuyentes y responsables provinciales.
- El Domicilio Fiscal Electrónico Local es canal prioritario; el Federal, supletorio.
- Unifica el mecanismo de perfeccionamiento de notificaciones electrónicas.
- Vigencia: desde el 12/8/2026.
🟢San Juan: Adhesión y aplicación del SIRCIP para percepciones de Ingresos Brutos
La Resolución DGR San Juan 1012/2026 implementa el Sistema Informático de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP).
Novedades:
- Agentes de percepción nominados por la DGR deberán aplicar SIRCIP.
- Alícuotas diferenciadas según padrón y tipo de operación.
- Exclusiones y casos especiales previstos.
- Vigencia: desde la publicación y operatividad del SIRCIP según lo disponga la Comisión Arbitral.
🟢Tierra del Fuego: Prórroga para habilitar el Portal Federal Tributario y Domicilio Fiscal Electrónico Federal
Mediante la Resolución General (AREF T. del Fuego) 418/2026, publicada el 1 de julio de 2026, la Agencia de Recaudación Fueguina extendió hasta el 31 de julio de 2026 el plazo para que los contribuyentes habiliten el servicio “Portal Federal Tributario” y constituyan su Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF).
Principales aspectos:
- Prórroga del plazo original del 30/6/2026 al 31/7/2026 para la habilitación obligatoria.
- Aplica a los contribuyentes locales y de Convenio Multilateral.
- El incumplimiento será sancionado según el art. 103 del Código Fiscal.
- Vigencia: desde el 2/7/2026.
🟢COMARB:
Convenio Multilateral: Intereses de plazos fijos deben distribuirse según coeficiente de ingresos
La Resolución Nro. 7/2026 de la Comisión Plenaria resolvió que los intereses generados por plazos fijos bancarios deben atribuirse a las jurisdicciones en proporción al coeficiente de ingresos de toda la actividad de la firma, y no solo a la jurisdicción donde está radicada la cuenta bancaria. Puntos destacados:
- Revoca el criterio de la Comisión Arbitral que asignaba los intereses solo a la jurisdicción de la cuenta.
- Se impone un criterio de realidad económica y distribución proporcional.
- Aplica sobre los coeficientes unificados de los períodos involucrados.
- Vigencia: desde la notificación.
🟢Córdoba: Nuevo monto límite para retención sobre tarjetas en plataformas digitales
La Resolución (SIP Cba.) 15/2026 eleva de $200.000 a $750.000 el monto mensual acumulado a partir del cual los administradores de medios de pago deben practicar la retención de Ingresos Brutos (SIRTAC) para sujetos no incluidos en padrón.
Claves:
- Aplica a operaciones por plataformas digitales.
- Busca armonizar con el régimen nacional de IVA y otras jurisdicciones.
- Vigencia: desde la publicación (23/7/2026)
🟢La Pampa: Adaptación de regímenes de recaudación a SIRTAC y SIRCIP
La Resolución (DGR La Pampa) 16/2026 adecua los regímenes de retención y percepción de Ingresos Brutos para adoptar los sistemas SIRTAC y SIRCIP.
Puntos principales:
- Fija alícuotas generales y especiales para no padronizados y plataformas digitales.
- Migración obligatoria de SIRCAR a SIRCIP para agentes de percepción.
- Vigencia: desde la habilitación operativa por la Comisión Arbitral.
🟢CABA: Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal – Reglamentación y prórroga de adhesión
Las Resoluciones Conjuntas AGIP 727/2026, 772/2026 y 812/2026 reglamentan y ajustan el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal.
Principales aspectos:
- Establecen procedimientos de adhesión y régimen de información para entidades financieras.
- El beneficio fiscal (reducción del 50% en Ingresos Brutos sobre intereses) se aplica sobre intereses devengados.
- Prórroga del plazo de adhesión de entidades hasta el 14/8/2026.
- Precisan el cálculo de tasa máxima para créditos UVA (suma de TNA fija y variación anual UVA).
- Vigencia: desde el 12/8/2026 (RC 772/2026) y 21/8/2026 (RC 812/2026).
🟢CABA: Prórroga para adecuación al Régimen de Transparencia Fiscal
La Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 312/2026 extiende hasta el 30 de septiembre de 2026 el plazo para que los contribuyentes y responsables adecuen sus sistemas técnicos e informáticos al Régimen de Transparencia Fiscal (exhibición de Ingresos Brutos en comprobantes).
- Vigencia: desde la publicación (18/8/2026).
🟢Buenos Aires: Nuevas condiciones para el sistema alternativo de alícuotas de recaudación
La Resolución Normativa (ARBA Bs. As.) 18/2026 incorpora requisitos adicionales para acceder al régimen alternativo de alícuotas de recaudación de Ingresos Brutos.
Aspectos principales:
- Se verifica que los solicitantes no tengan deudas impagas como agentes de recaudación ni deudas superiores a $10.000.000 (si exceden el promedio de los últimos 4 anticipos).
- Aplica a los padrones confeccionados desde la vigencia de la norma.
- Vigencia: desde la publicación (24/7/2026).
🟢Corrientes: Actualización de parámetros de habitualidad y monto mínimo en regímenes de recaudación
La DGR Corrientes actualizó los parámetros de habitualidad y monto mínimo para regímenes de percepción y retención de Ingresos Brutos:
- RG 308/2026 y RG 310/2026: Se consideran habituales las operaciones por Internet o sistemas de pago cuando en el mes se realicen al menos 10 operaciones y el monto total sea igual o superior a $93.500.
- RG 306/2026: El monto mínimo para no practicar retención/percepción en el régimen general se eleva a $93.500 por mes y sujeto.
- Vigencia: 12/8/2026 (RG 308 y 310), 1/9/2026 (RG 306/2026).
🟢Salta: Solicitudes de compensación de impuestos solo por web
La Resolución General (DGR Salta) 8/2026 establece que las solicitudes de compensación de impuestos deberán gestionarse a través del servicio “Compensaciones Web” con clave fiscal.
Puntos destacados:
- Se aprueba el formulario F.651W como constancia de inicio.
- Requisito de Domicilio Fiscal Electrónico.
- Alternativa presencial solo ante imposibilidad técnica.
- Vigencia: desde la publicación.
🟢Mendoza: Prórroga para informar la alícuota de Ingresos Brutos en comprobantes clase B
Mediante la Resolución General (ATM Mendoza) 39/2026, publicada el 1 de septiembre de 2026, la Administración Tributaria Mendoza extiende hasta el 1 de enero de 2027 la entrada en vigencia de la obligación de consignar la alícuota de Ingresos Brutos en los comprobantes fiscales clase “B”.
Puntos destacados:
- Prórroga de la RG 27/2026: la obligación de informar la alícuota en facturas, tickets y similares de clase “B” regirá recién desde el 1/1/2027.
- Alcance: Contribuyentes locales del régimen general y los comprendidos en Convenio Multilateral.
- Si hay varias actividades en un mismo comprobante, solo debe indicarse la alícuota menor.
- Motivo: Otorgar más tiempo para adecuaciones técnicas y operativas.
- Vigencia: desde el 1/9/2026.
🟢Río Negro: Actualización del monto mínimo para configurar operaciones habituales en SIRTAC
La Agencia de Recaudación Tributaria, mediante la Resolución (ART Río Negro) 573/2026, actualiza los parámetros para considerar habituales las operaciones alcanzadas por el SIRTAC.
Principales aspectos:
- Se mantiene el requisito de al menos 10 operaciones mensuales.
- Se eleva el monto mínimo total de $200.000 a $750.000 para configurar habitualidad.
- Aplica a la adhesión provincial al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
- Vigencia: desde el 28/8/2026.
🟢Chubut: Suspensión de la obligación de adecuación por Transparencia Fiscal al Consumidor
La Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECH), mediante Resolución 962/2026 publicada el 1 de septiembre de 2026, suspende hasta el 31 de diciembre de 2026 (o hasta que se establezcan pautas unificadas entre jurisdicciones, lo que ocurra primero) la obligación de adecuar sistemas técnicos e informáticos para cumplir con el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor.
Puntos clave:
- Se suspende la aplicación de la Resolución 468/2026-ARECH.
- La suspensión responde a la necesidad de unificar criterios técnicos y plazos con otras jurisdicciones y el Estado Nacional.
- Aplica a todos los contribuyentes y responsables alcanzados por el régimen.
- Vigencia: desde la publicación (1/9/2026) hasta el 31/12/2026 o hasta nuevas pautas.
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Hernán Mandará
Socio de Impuestos especializado en Energía, Recursos Naturales y Minería
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