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      En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, la Resolución General N° 5745/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero mediante la cual, entre otras medidas, el organismo eliminó el requisito de cruce informático entre el Sistema Informático Malvina (SIM) y el Manifiesto de Exportación (MANE) para la vía aérea.

      También, la mencionada Resolución General, entre otras medidas, adecúa el proceso de liquidación de reintegros a la exportación de exportación. Así es que la liquidación se realizará de manera automática a través del SIM, siempre que se cumplan determinados requisitos operativos y documentales, entre los que se destacan:

      • Contar con la habilitación como exportador y no poseer embargos vigentes.
      • Tener registrada y conforme la condición de “Cumplido” de la operación.
      • Presentar la factura comercial y demás documentos exigidos.
      • Declarar y mantener vigente el CBU correspondiente.
      • Haber abonado los derechos de exportación, en caso de corresponder.
      • Contar con la conformidad del Banco Central de la República Argentina (BCRA) respecto a la liquidación de divisas, cuando aplique.
      • No registrar bloqueos que impidan el cobro de beneficios.
      • No presentar incumplimientos fiscales según lo establecido por la normativa vigente.

      La norma entró en vigencia en el día de la fecha. 



      Contactos

      Rodolfo Canese Méndez

      Socio Líder de Impuestos y Legales

      KPMG Argentina