La Norma Unificada Argentina (NUA) fue aprobada por la FACPCE mediante la Resolución Técnica N.º 54 y su aplicación es obligatoria para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025 (o 1 de julio de 2024, dependiendo la jurisdicción), con la posibilidad de adopción anticipada para ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2024.
Estos son los principales cambios introducidos por la Norma Unificada Argentina (NUA) respecto del marco normativo anterior:
- Unificación normativa: Reemplaza múltiples resoluciones técnicas (como la RT 16, 17, 18, 21, 22, 26, entre otras) por un único cuerpo normativo estructurado y coherente.
- Estructura modular: La NUA se organiza en módulos temáticos (por ejemplo, activos, pasivos, ingresos, etc.), lo que facilita su consulta y aplicación práctica.
- Actualización conceptual: Adopta definiciones y criterios más alineados con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), aunque adaptados al contexto argentino.
- Simplificación para entes pequeños: Mantiene un enfoque diferencial para entes pequeños, permitiendo una aplicación más sencilla sin perder calidad informativa. También existen ciertas simplificaciones para entes medianos.
- Mayor énfasis en la medición a valor razonable: Se amplía el uso del valor razonable como criterio de medición, especialmente en instrumentos financieros y propiedades de inversión.
- Revisión de criterios de reconocimiento y baja: Se actualizan los criterios para reconocer activos y pasivos, así como para su baja contable.
- Mejoras en la presentación y revelación: Se estandarizan los requerimientos de presentación de estados contables y se refuerzan las notas explicativas.