Síntesis Legal 17/2020
Síntesis Legal 17/2020
Resolución mediante la cual se establece la normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia Coronavirus (Covid-19)
Resolución mediante la cual se establece la normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia Coronavirus (Covid-19)
4 de junio de 2020
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.891 de fecha 1 de junio de 2020, el Ministerio del Poder Popular para la Salud emitió la Resolución 090 mediante la cual se establece la normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia denominada Coronavirus (Covid-19), con el objeto de mitigar y erradicar los contagios del virus dentro del territorio nacional.
En esta Resolución se consagran, principalmente, las normas sanitarias de responsabilidad social que deben cumplir y hacer cumplir todos los ciudadanos; los protocolos para el Sistema Público Nacional de Salud, así como de los servicios de salud públicos o privados sus trabajadores y usuarios; y, la regulación sanitaria de inexorable cumplimiento ante la existencia del coronavirus (COVID19) en el territorio nacional, relativas al: a) Uso obligatorio de la mascarilla, b) El lavado de manos e higiene corporal, c) Medidas en caso de cualquier síntoma de enfermedad o afectación de salud, y, d) Condiciones de higiene de los espacios físicos de contacto.
En cuanto a las condiciones de higiene de las unidades prestadoras de servicios, públicas y privadas, de salud, comerciales, de transporte y de trabajo, así como de cualquier otra cuya actividad sea autorizada, la Resolución establece, entre otros particulares, que deberán efectuar limpieza periódica de al menos dos (2) veces por jornada laboral, con agua y jabón o con soluciones de hipoclorito al 0,1%; cada persona debe tener su vaso o taza de uso individual, no ingerir líquidos directamente desde el envase primario que los contiene, botella o jarra, así como evitar compartir utensilios de uso personal, vasos, platos, cubiertos, toallas, entre otros; vigilarse el cumplimiento de las medidas de desinfección y distanciamiento social; señalar en los ascensores el número de personas permitidas para guardar el distanciamiento social; maximizar los mecanismos de despacho con cita previa concertada y pagos por mecanismos electrónicos para evitar los contactos físicos e intercambio de papeles, billetes, monedas; y, reducir al máximo las reuniones presenciales e implementar las videoconferencias.
A lo largo de la Resolución se establecen otras regulaciones para las unidades de trabajo públicas y privadas, así como para los trabajadores y responsables de las Unidades de Trabajo, e, igualmente para el sector de transporte terrestre y masivo, y a los establecimientos comerciales y sus usuarios.
Finalmente se aclara que la normativa sanitaria de responsabilidad social ante la pandemia denominada coronavirus (covid-19), es aplicable de forma general para las actividades comerciales, bancarias, transporte, unidades de trabajo, registros, notarias, ceremonias religiosas. Asimismo, se autoriza al Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS) y a las autoridades municipales, para la función de vigilancia y fiscalización del cumplimiento de estas normas.
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