Síntesis Legal 23/2018
Síntesis Legal 23/2018
Incremento de la Unidad Tributaria
Incremento de la Unidad Tributaria
En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.388 de fecha 2 de mayo de 2018, fue publicada la Providencia Administrativa SNAT/2018/0028, emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de quinientos bolívares sin céntimos (Bs. 500,00) a ochocientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 850,00).
Adicionalmente, el artículo 2 de la mencionada Providencia establece que cuando se trate de tributos que se liquiden por periodos anuales, la U.T. aplicable será la que esté vigente por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo; y para los tributos que se liquiden por periodos distintos al anual, la U.T. aplicable será la que se encuentre vigente para el inicio del periodo; conforme con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.
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