Síntesis Legal #21-2016

Síntesis Legal #21-2016

Normativa Legal

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Incremento del salario mínimo nacional mensual obligatorio decretado por el Ejecutivo Nacional

Mediante Decreto N° 2.307, de fecha 29 de abril de 2016, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.893 de la misma fecha, se fija el salario mínimo nacional obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores que prestan servicios en las entidades de trabajo públicas y privadas, en la cantidad de quince mil cincuenta y un bolívares con quince céntimos (Bs. 15.051,15) mensuales, a partir del 1° de mayo de 2016.

Adicionalmente, se fija el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio nacional para los adolescentes aprendices que prestan servicios en las entidades de trabajo públicas y privadas, en la cantidad de once mil ciento noventa y tres bolívares con veintisiete (Bs. 11.193,27) mensuales.

Se establece, además, que cuando las labores de los adolescentes aprendices se realicen en las mismas condiciones que las de los demás trabajadores, su salario mínimo será el mencionado en el primer aparte.

Los salarios mínimos fijados en el referido decreto, deberán ser pagados en dinero efectivo sin comprender como parte del mismo, ningún tipo de contraprestación en especie.

El aumento general establecido para el salario mínimo mensual obligatorio a nivel nacional, queda fijado como monto mínimo de las pensiones de jubilación, pensionados de la administración pública y de las pensiones otorgadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.). 

El presente Decreto entró en vigencia a partir del 1° de mayo de 2016.  

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