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      Nuevas Obligaciones de Reporte a partir de julio de 2026

      Con fecha 1 de julio de 2026 fue publicada en la gaceta oficial la resolución No 201-4247 de 16 de junio de 2026 por la cual se modifica el formulario 930 y se adopta el nuevo formulario 930 versión 3, correspondiente al informe de precios de transferencia en Panamá.

      A continuación, encontrará un resumen de los aspectos más relevantes de la resolución:

      • A partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial (1 de julio de 2026) empieza a regir la citada resolución y se adopta y habilita el uso del formulario No 930 versión 3, para reportar la información correspondiente al periodo fiscal 2026 y periodos subsiguientes.
      • Para reportar la información correspondiente a periodos fiscales anteriores al 2026 el uso del formulario 930 versión 2.0 debe mantenerse según lo adoptado por la Resolución No. 201-3338 de 17 de junio de 2020.
      • Se advierte a los contribuyentes y usuarios del formulario 930 de informe de precios de transferencia que deberán mantener actualizados sus datos de Registro Único de Contribuyente, a fin de evitar la imposición de sanciones por el incumplimiento de esta obligación.
      • Se Informa a todos los contribuyentes y usuarios del Formulario 930 de informe de precios de transferencia que el instructivo para completar el informe de precios de transferencia formulario 930 V.3., ha sido habilitado y se encuentra disponible en el portal web de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
      • La nueva versión del instructivo incorpora los siguientes tres anexos:
        • Anexo de información financiera, en el cual se debe incluir las principales cuentas para el cálculo de los indicadores financieros que se analizan en una transacción determinada:
          • Cuentas del Estado de Resultados: ingresos, costos y gastos
          • Cuentas del Estado de Situación: cuentas por cobrar, inventarios, activos operativos, activos fijos, pasivos totales.
          • Es importante mencionar que, se debe completar las cuentas mencionadas, aunque se trate de un indicador calculado con información financiera global o segmentada.
        • Anexo para las transacciones de compra/venta de activos fijos, en el cual se debe informar los siguientes datos:
          • Descripción del activo fijo
          • Estado del activo fijo: nuevo o usado
          • Método de depreciación utilizada: directo/línea recta, decreciente, suma de dígitos, otro. En caso de utilizar otro método de depreciación, se habilita un campo para nombrarlo.
          • Años de vida útil del activo
          • Dirección o ubicación
          • País de ubicación del activo
        • Anexo de partes relacionadas en el cual, además de informar los datos recurrentes de la parte relacionada (número de identificación fiscal y país), se debe informar lo siguiente:
          • Dirección física
          • Nombre del representante legal
          • Tipo de vinculación: directa o indirecta.


      Descargables

      Tax Newsletter

      Modificaciones al Formulario 930 de Precios de Transferencia en Panamá

      Carta Informativa | Nuevas obligaciones de reporte a partir de julio de 2026


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