Con fecha 1 de julio de 2026 fue publicada en la gaceta oficial la resolución No 201-4247 de 16 de junio de 2026 por la cual se modifica el formulario 930 y se adopta el nuevo formulario 930 versión 3, correspondiente al informe de precios de transferencia en Panamá.
A continuación, encontrará un resumen de los aspectos más relevantes de la resolución:
- A partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial (1 de julio de 2026) empieza a regir la citada resolución y se adopta y habilita el uso del formulario No 930 versión 3, para reportar la información correspondiente al periodo fiscal 2026 y periodos subsiguientes.
- Para reportar la información correspondiente a periodos fiscales anteriores al 2026 el uso del formulario 930 versión 2.0 debe mantenerse según lo adoptado por la Resolución No. 201-3338 de 17 de junio de 2020.
- Se advierte a los contribuyentes y usuarios del formulario 930 de informe de precios de transferencia que deberán mantener actualizados sus datos de Registro Único de Contribuyente, a fin de evitar la imposición de sanciones por el incumplimiento de esta obligación.
- Se Informa a todos los contribuyentes y usuarios del Formulario 930 de informe de precios de transferencia que el instructivo para completar el informe de precios de transferencia formulario 930 V.3., ha sido habilitado y se encuentra disponible en el portal web de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.
- La nueva versión del instructivo incorpora los siguientes tres anexos:
- Anexo de información financiera, en el cual se debe incluir las principales cuentas para el cálculo de los indicadores financieros que se analizan en una transacción determinada:
- Cuentas del Estado de Resultados: ingresos, costos y gastos
- Cuentas del Estado de Situación: cuentas por cobrar, inventarios, activos operativos, activos fijos, pasivos totales.
- Es importante mencionar que, se debe completar las cuentas mencionadas, aunque se trate de un indicador calculado con información financiera global o segmentada.
- Anexo para las transacciones de compra/venta de activos fijos, en el cual se debe informar los siguientes datos:
- Descripción del activo fijo
- Estado del activo fijo: nuevo o usado
- Método de depreciación utilizada: directo/línea recta, decreciente, suma de dígitos, otro. En caso de utilizar otro método de depreciación, se habilita un campo para nombrarlo.
- Años de vida útil del activo
- Dirección o ubicación
- País de ubicación del activo
- Anexo de partes relacionadas en el cual, además de informar los datos recurrentes de la parte relacionada (número de identificación fiscal y país), se debe informar lo siguiente:
- Dirección física
- Nombre del representante legal
- Tipo de vinculación: directa o indirecta.
- Anexo de información financiera, en el cual se debe incluir las principales cuentas para el cálculo de los indicadores financieros que se analizan en una transacción determinada: