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      La Dirección General de Tributación publicó un comunicado mediante el cual concede un plazo de 6 meses, contados a partir de su publicación, para que las personas interesadas puedan realizar los cambios requeridos en el PIN de las llaves criptográficas.

      En términos generales, las llaves criptográficas corresponden a credenciales digitales generadas a partir de caracteres aleatorios establecidos en un orden determinado, que permiten firmar electrónicamente comprobantes y documentos, garantizando la identidad del emisor, la autenticidad de la información y que el contenido no haya sido modificado. 

      Al respecto, a continuación, se pueden observar los requisitos del PIN de las nuevas llaves criptográficas:

      • Longitud de 14 caracteres
      • Al menos una letra mayúscula.
      • Al menos una letra minúscula
      • Al menos un número
      • Al menos un carácter especial

      Aunado a lo anterior, el comunicado estableció lo siguiente respecto a las llaves criptográficas actuales y las futuras implementaciones:

      ·       Vigencia de las llaves criptográficas con el PIN anterior: En Las llaves criptográficas vigentes emitidas con un pin de 4 dígitos podrán seguir utilizándose hasta su fecha de vencimiento o revocación. Los comprobantes electrónicos que se emitan y se firmen con estas llaves serán recibidas y validadas sin inconvenientes.

      ·       Implementación por parte de desarrolladores: Con el fin de brindar el tiempo necesario para que los proveedores ajusten sus sistemas a las nuevas condiciones de seguridad, el Ministerio de Hacienda estableció un período de transición de seis meses. No obstante, a partir del 27 de julio de 2026, toda nueva llave criptográfica que se genere deberá cumplir con los requisitos de seguridad antes indicados.


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