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      La Dirección General de Tributación ha emitido la resolución general MH-DGT-RES-0026-2025, titulada:


      “Resolución referente a la presentación de la Declaración Informativa en materia de Precios de Transferencia”, la cual entrará en vigor el próximo 4 de agosto de 2025.

      La normativa establece de forma definitiva las obligaciones para los contribuyentes que realicen operaciones con partes vinculadas, tanto a nivel nacional como internacional.

      A continuación, se resumen los aspectos más relevantes de esta resolución:

      ➥ Obligación de presentar una declaración de precios de transferencia de manera anual para los contribuyentes que:

       

      •       Estén clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales.

      •       Sean beneficiarios del Régimen de Zonas Francas.

      •       bien, realicen operaciones con partes vinculadas que, de forma separada o conjunta, igual o mayor a los mil salarios base (CRC 462.200.000 o US$920,000 aproximadamente).

       

      ➥ Nuevo plazo de presentación: La declaración informativa deberá presentarse dentro de los seis meses siguientes al cierre del período fiscal autorizado del contribuyente para el ejercicio fiscal 2025 y posteriores.

      ➥ Plazo especial para el período fiscal 2024: La declaración correspondiente a este período deberá presentarse a más tardar el 30 de noviembre de 2025.

      ➥ Presentación obligatoria a través del sistema TRIBU-CR: El formulario estará disponible en la Oficina Virtual del Sistema Integrado de Gestión Tributaria TRIBU-CR. Cualquier otro medio de presentación será considerado como no válido.

      ➥ Sanciones por incumplimiento: En caso de presentación extemporánea o de omisión de información, se aplicarán las sanciones establecidas en los artículos 83 y 150 del Código Tributario y 268 bis del Reglamento de Procedimiento Tributario.

      ➥ Formatos e instructivos: Los modelos de declaración y sus instrucciones se encuentran en los anexos 1 y 2 de la resolución. La Administración Tributaria podrá modificarlos y publicarlos en su sitio web con al menos un mes de anticipación.

      Esta resolución representa un cambio significativo en el cumplimiento tributario para empresas con operaciones entre partes vinculadas. En KPMG Costa Rica, contamos con un equipo especializado en precios de transferencia que puede asesorarle en cada etapa del proceso: desde el análisis de operaciones hasta la preparación y presentación de la declaración.

      Aviso Legal

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      Ninguna acción debe tomarse con base en esta información sin antes obtener asesoría profesional adecuada, tras un análisis detallado de la situación específica.

      Cristina Sansonetti

      Socia a cargo de la práctica de Impuestos & Servicios Legales

      KPMG in Costa Rica

      Jose Rodríguez

      Director de Precios de Trasferencia

      KPMG in Costa Rica