Medidas de contingencia y suspensión de plazos para la atención de gestiones ante la Administración Tributaria
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Este boletín se basa en la actualización de leyes, reglamentos y criterios de las autoridades.
Medidas de contingencia y suspensión de plazos para la atención de gestiones ante la Administración Tributaria
El 17 de mayo se publicó en el Diario Oficial La Gaceta la resolución número denominada “Resolución sobre la suspensión temporal de plazos y la promulgación de lineamientos para la atención de gestiones como medida de contingencia por los ataques cibernéticos contra los sistemas informáticos de la administración tributaria”.
Como respuesta al ataque cibernético que ha afectado al Ministerio de Hacienda, esta resolución, establece los lineamientos que deben de seguir las dependencias de la Dirección General de Tributación (en adelante “DGT”) para el desarrollo de sus trámites y servicios.
De esta manera, se define que serán atendidos por los funcionarios tributarios las gestiones realizadas, siempre que se cuente con la información suficiente para efectos de resolver la gestión. Suspendiéndose así las actuaciones sobre aquellos procedimientos que requieran consultar los sistemas y bases de datos de la DGT o el Ministerio de Hacienda; hasta tanto no se emita la comunicación oficial sobre el restablecimiento parcial o total de los sistemas y las bases de información.
Estas disposiciones cuentan con carácter retroactivo, siendo vigentes desde el pasado 18 de abril del año en curso hasta que se comunique la disponibilidad de la información necesaria para atender las gestiones.
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