Ley para la atracción de Inversionistas, Rentistas y Pensionados
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Este boletín se basa en la actualización de leyes, reglamentos y criterios de las autoridades.
Ley para la atracción de Inversionistas, Rentistas y Pensionados
Recientemente se publicó en el Diario Oficial La Gaceta No. 135 la “Ley para la atracción de Inversionistas, Rentistas y Pensionados”, Ley No. 9996.
Esta ley procura contribuir en la reactivación económica de Costa Rica, mediante el otorgamiento de incentivos para extranjeros, rentistas y pensionados.
Mediante esta ley se establecen los siguientes incentivos:
Disminución del monto mínimo de inversión para obtener una residencia de 10 años en Costa Rica. Éste monto se reduce de USD$200.000 a USD$150.000. |
Exención arancelaria y de todos los impuestos de importación del menaje de casa por una única vez. |
Podrán importar hasta 2 vehículos de transporte, ya sean terrestre, aéreos o marítimo, para uso personal o familiar libre de todos los impuestos de importación, arancelarios y de valor agregado. |
Las sumas declaradas como ingreso bajo esta ley, estarán exentas del impuesto de renta. Sin embargo, las rentas obtenidas dentro del territorio nacional que resulten de sus inversiones sí estarán gravadas. |
Exoneración del 20% del total del impuesto de traspaso para los bienes inmuebles que adquieran dentro del plazo de vigencia de esta ley. |
Exoneración de impuestos de importación para instrumentos o materiales para el ejercicio profesional o científico debido a su actividad económica. |
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