Convenio para la eliminación de la doble imposición
newsflash-boletin-6_1
Este boletín se basa en la actualización de leyes, reglamentos y criterios de las autoridades.
Convenio para la eliminación de la doble imposición
El día 15 de abril del 2021, se publicó en La Gaceta la aprobación del Convenio entre la República de Costa Rica y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para la eliminación de la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y ganancias de capital. En dicho día el mismo igualmente entró en vigencia en el país.
Este convenio sirve también para la prevención de la evasión y elusión fiscales, así como el protocolo de este.
Este instrumento internacional, de carácter bilateral, tiene por objetivo fortalecer las relaciones económicas entre Costa Rica y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos, incrementar la cooperación en materia tributaria y asegurar una efectiva prevención de la evasión y elusión fiscal.
Como puntos de interés, el Convenio permite la aplicación de tarifas diferenciadas en el caso de dividendos, regalías e intereses. En el caso de los primeros, y respecto al país pagador, permite aplicar tarifas del 5% del importe bruto (si el beneficiario efectivo es una compañía que posea directamente al menos 20% del capital de la compañía que paga los dividendos) o del 15 por ciento del importe bruto en los demás casos. Similar tratamiento ocurre con las regalías, ya que, si el beneficiario efectivo de estas es residente de los Emiratos Árabes Unidos, el impuesto no podrá exceder 12 por ciento de su importe bruto.
Siguiendo una aplicación semejante, en el caso de los intereses, Costa Rica, como estado procedente, podrá gravar estos con tarifas diferenciadas del 5% del importe bruto (cuando el vencimiento del préstamo sea al menos cinco años) o 10% (cuando el vencimiento del préstamo sea inferior a cinco años).
© 2024 KPMG, S.A., sociedad anónima costarricense y firma miembro de la organización mundial de firmas miembros independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Limited, una compañía privada inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. Prohibida la reproducción parcial o total sin la autorización expresa y por escrito de KPMG.
Para más detalles sobre la estructura de la organización global de KPMG, por favor
visite https://kpmg.com/governance.
La información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en esta información sin el debido asesoramiento profesional después de un estudio detallado de la situación en particular.