Ampliación del plazo que autoriza la reducción de jornadas de trabajo ante la declaratoria de emergencia nacional

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Sergio García

Socio de Impuestos & Servicios Legales

KPMG in Costa Rica

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Ampliación del plazo que autoriza la reducción de jornadas de trabajo ante la declaratoria de emergencia nacional

El 13 de enero de 2021, entró a regir la ley que autoriza la ampliación de la reducción de jornadas únicamente en el marco de la emergencia nacional. Dicha reducción de jornadas puede realizarse en tanto se mantengan los efectos del suceso provocador y así lo acredite la persona empleadora ante la Inspección de Trabajo.

Mediante esta ley, adicionalmente se establece:

Condiciones para autorizar la nueva prórroga   

  • Se cumplan los requisitos establecidos en la ley.
  • La persona empleadora no haya abusado de los mecanismos establecidos en la ley o incurrido en incumplimiento de la legislación laboral.
  • La persona empleadora haya sostenido el empleo de las personas sujetas a reducción de jornada, a quienes se pretenda ampliar el plazo de reducción.
  • Se demuestre que las condiciones actuales siguen afectando a la empresa

De autorizarse la prórroga queda prohibido a la persona empleadora:

 

  • Establecer horarios laborales fraccionados a la persona sujeta a la reducción de jornada.
  • Cuando la reducción de la jornada sea a un porcentaje de personas trabajadoras, no podrá pagar horas extra a personas trabajadoras que mantenga en la empresa, sino que deberá reincorporar a la persona con la jornada reducida que se requiera.

 

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