Nuevo informe del Revisor Fiscal

Nuevo informe del Revisor Fiscal

Modificaciones del nuevo informe de Auditoría

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José Hilario Sanabria

Socio Auditoría

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Informe del Revisor Fiscal

Respondiendo a las necesidades de los usuarios de los estados financieros y del informe del auditor, en el año 2015 el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento - IAASB por sus siglas en inglés (International Auditing and Assurance Standard Board), emitió nuevas normas y revisó las normas internacionales de auditoría. Como parte de este proceso de revisión, la norma internacional relacionada con la formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros fue modificada y se introdujo la norma internacional de comunicaciones de los asuntos clave de auditoría en el informe emitido por el auditor independiente. En los países que han adoptado las Normas Internacionales de Auditoría como los europeos y en América Latina países como México y Brasil, entre otros, iniciaron su aplicación en las auditorías de estados financieros terminados el 31 de diciembre de 2016.

Entre las modificaciones más significativas del nuevo informe de auditoría se destaca que la opinión del auditor tiene una ubicación al inicio del informe, se da mayor relevancia sobre el uso de la administración de la base de negocio en marcha, se mejora  la descripción de las responsabilidades del auditor y la administración; así como también se incluye una sección en el informe del auditor para comunicar los asuntos clave de auditoría, entre las más representativas.

Los asuntos clave de auditoría se definen como aquellos asuntos que, a juicio profesional del auditor, son de mayor importancia en la auditoría de los estados financieros del período auditado; en la determinación de dichos asuntos, el auditor debe tener en cuenta:

  • Áreas identificadas como de mayor riesgo de error.
  • Juicios significativos del auditor relacionados con áreas de los estados financieros que involucran juicio en la determinación por parte de la gerencia de la entidad auditada.
  • Transacciones significativas o inusuales ocurridas durante el periodo auditado.

 

Los principales asuntos que se han incluido en los informes de los auditores, en los países que han adoptado está norma,  se relacionan principalmente con:

  • Deterioro del crédito mercantil
  • Reconocimiento de ingresos, cuando depende de cálculos complejos para su estimación
  • Recuperación del activo por impuesto de renta diferido
  • Adquisición de nuevos negocios
  • Valuación de inventarios

 

Aunque la responsabilidad de los asuntos clave de auditoría es del auditor,  la importancia de los mismos hace que también afecte a otras partes interesadas como inversionistas y miembros de Comités de Auditoría.

Con el nuevo informe de auditoría, los inversionistas tienen acceso a información que antes no tenían disponible y será necesario que consideren la manera de incorporar esta información, tanto en el análisis individual de cada sociedad como en la comparación entre empresas.

En el caso de los miembros de Comités de Auditoría,  hay una mayor interacción con el auditor, en particular, se analiza más  el informe de auditoría antes de su publicación. También puede aprovecharse esta oportunidad para valorar si la información que se presenta en los estados financieros o en otras partes del informe anual y/o comunicaciones con los inversionista debe actualizarse; de lo contrario, podría ocurrir que el auditor incluya en el informe más información sobre una partida que la propia empresa.

En Colombia, el nuevo informe y la comunicación de los asuntos clave de auditoría fue establecida mediante el Decreto 2170 de 2017 y la primera aplicación será para los informes correspondientes  a  auditorías de estados financieros que inician a partir del 1 de enero del año 2019.

La comunicación de los asuntos clave de auditoría en el informe emitido por el revisor fiscal, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto 2170 de 2017, aplica para los Revisores fiscales que prestan sus servicios a los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1, y el Grupo 2 que tengan más de 30.000 Salarios Mínimos Mensuales Vigentes de activos o más de 200 empleados. Sin embargo,  el Consejo Técnico de la Contaduría Pública envió un proyecto de decreto al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el fin de  excluir del alcance a los revisores fiscales de preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2;  el proyecto confirma que la comunicación de los asuntos clave de auditoría aplica para los  revisores fiscales de entidades emisores de valores y negocios de interés público desde el 1 de enero de 2019 y para las demás entidades del Grupo 1 se pretende establecer un periodo de transición de 3 años.   

En la mayoría de los países que han adoptado las Normas Internacionales de Auditoría,  la comunicación de los asuntos clave de auditoría en el informe del auditor se  ha limitado a los auditores de entidades listadas, es decir a entidades que sus acciones se cotizan o han emitido deuda a través del mercado público de valores.  En Colombia pretender una aplicación mayor a las entidades emisores de valores y negocios de interés público,  puede conllevar a mayores costos  que beneficios, en razón a que una gran cantidad de las entidades del grupo 1 son sociedades cerradas con pocos accionistas o empresas de familia que por la naturaleza de este tipo de sociedades les permite a sus accionistas estar informados sobre las operaciones de la entidad y por ende  no es necesario  una estructura robusta de gobierno corporativo.

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