Flash Informativo Febrero 13
Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.
Consejo de Estado suspende Decreto que fijó el SMLMV para 2026 y ordena nueva expedición
El Consejo de Estado, mediante Auto, Exp. 004-2026 del 12 de febrero de 2026, decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, que había fijado el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en $1.750.905. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de la motivación del decreto frente a los parámetros establecidos en el del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 (principio de legalidad reglada), dado que no se explicó de manera clara, verificable y metodológicamente trazable cómo cada uno de dichos parámetros, legales y obligatorios, incidió en el incremento del 23%, y en cambio le otorgó peso decisorio para su expedición al concepto de “salario vital” derivado de un estudio de la OIT.
Para evitar un vacío normativo y garantizar continuidad regulatoria, el Consejo de Estado ordenó a la Presidencia de la República, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público expedir y publicar, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la notificación, un decreto transitorio que fije un nuevo porcentaje y valor del SMLMV 2026, con sujeción estricta a los criterios y parámetros establecidos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996. En consecuencia, este acto administrativo de carácter general deberá contener una metodología explícita, la cuantificación y ponderación de cada criterio, la operación aritmética completa, y un análisis de impacto soportado en fuentes oficiales, garantizando transparencia, trazabilidad y adecuación al marco jurídico.
Los efectos de la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025 quedan diferidos a la publicación del nuevo Decreto que atienda los criterios establecidos en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, por lo tanto, el valor allí fijado continuará vigente hasta la publicación del citado decreto transitorio, asegurando estabilidad en las relaciones laborales. Además, el Auto precisa que no se retrotraen ni se afectan derechos u obligaciones ya causados o pagados bajo el salario mínimo legal vigente 2026.
KPMG Servicios Legales pone a disposición de sus clientes y demás usuarios sus servicios de asesoría legal laboral, si tiene inquietudes puede contactar a nuestro equipo de expertos: Juan Mauricio Joya (jjoya@kpmg.com), Maria Camila Ortiz (mariacortiz@kpmg.com), Valeria Martinez (imartinez@kpmg.com) y Mariana Andrade (marianaandrade@kpmg.com).