Flash Informativo Diciembre 30

Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

Nuevo Salario Mínimo Mensual Legal Vigente

Tras no haber logrado un consenso respecto del incremento del salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026, el pasado 29 de diciembre de 2025 el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1469 de 2025, determinó que el valor del salario mínimo legal vigente que regirá a partir del primero (01) de enero del 2026 será de UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CINCO PESOS ($1.750.905), lo que representa un incremento del 23%. Adicionalmente, el Gobierno Nacional fijó el auxilio de transporte para el año 2026 en DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y CINCO PESOS ($249.095), equivalente a un incremento del 24,5% respecto al año anterior. Ambos valores estarán vigentes desde el primero (01) de enero de 2026.

Es importante señalar que, en este caso, para la fijación del salario mínimo no se cumplieron las condiciones previstas en la Ley 278 de 1996 (inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la citada Ley), ya que si bien el presidente queda facultado para fijar el salario mínimo ante la falta de acuerdo, debe hacerlo siguiendo estrictamente los parámetros allí establecidos.

Como consecuencia del incremento del salario mínimo mensual legal vigente, el salario mínimo integral mensual —equivalente a 13 salarios mínimos mensuales legales vigentes— también se verá modificado. A partir del primero (01) de enero de 2026, este será de VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS ($22.761.765).

Adicionalmente, el aumento del salario mínimo tiene un impacto directo en el valor del apoyo de sostenimiento que se otorga a los aprendices. Para el año 2026, dicho apoyo será equivalente al 100 % de un SMLMV ($1.750.905) durante la etapa práctica y al 75 % de un SMLMV ($1.313.178) en la etapa lectiva.

Por último, los costos laborales de los trabajadores que devengan un salario mínimo legal mensual vigente aumentarían de la siguiente manera:

Concepto Valor
Seguridad Social**
  1. Salud (12.5%)
  2. Pensión (16%)
  3. Riesgos laborales (0.522% - 6.960%)

  1. $218.863*
  2. $280.145
  3. $9.140 hasta $121.863.
Parafiscales
  1. SENA (2%)
  2. ICBF (3%)
  3. Caja de Compensación Familiar (4%)

  1. $35.018*
  2. $52.527*
  3. $70.036
Prestaciones Sociales
  1. Prima de servicios
  2. Cesantías
  3. Intereses a las cesantías

  1. $1.000.000 semestral
  2. $2.000.000 anual
  3. $240.000 anual

*Se debe tener en cuenta la exoneración de aportes a salud, SENA e ICBF establecida en el inciso primero del artículo 114-1 del estatuto tributario.

**Se debe tener en cuenta que, en el caso de Salud y Pensión, el 4% de cada subsistema, es decir, el 8% en total, deberá ser descontado en nómina al trabajador.

KPMG Servicios Legales pone a disposición de sus clientes y demás usuarios sus servicios de asesoría legal laboral, si tiene inquietudes puede contactar a nuestro equipo de expertos: Juan Mauricio Joya (jjoya@kpmg.com), Maria Camila Ortiz (mariacortiz@kpmg.com), Valeria Martinez (imartinez@kpmg.com) y Mariana Andrade (marianaandrade@kpmg.com).