Flash Informativo Diciembre 2

Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.

Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.

Nuevos lineamientos para autorizar la terminación del vínculo laboral en casos de estabilidad laboral reforzada por salud o discapacidad

El 27 de noviembre, mediante la Circular 0120 de 2025, el Ministerio del Trabajo estableció nuevos lineamientos para garantizar la seguridad jurídica en el trámite de solicitudes de autorización para terminar el vínculo laboral con trabajadores o contratistas que cuenten con estabilidad laboral reforzada por condiciones de salud o discapacidad.

Entre los aspectos más importantes a resaltar se encuentran:

  • Autorización obligatoria: Antes de finalizar contratos laborales, de prestación de servicios o de aprendizaje, el empleador o contratante debe solicitar autorización al Ministerio del Trabajo. Esta obligación no aplica para cargos de libre nombramiento y remoción.
  • Protección ampliada: No se limita a personas con discapacidad certificada; también incluye a quienes presenten condiciones de salud que afecten su desempeño ordinario.
  • Medidas previas: El empleador debe demostrar que agotó todas las alternativas de inclusión laboral, como ajustes razonables, reubicación o modificación de funciones.
  • Justa causa disciplinaria: Si la terminación obedece a motivos disciplinarios, debe acreditarse el debido proceso disciplinario, según las etapas señaladas en la Ley 2466 de 2025.
  • Consecuencias por incumplimiento: Reintegro del trabajador, indemnización equivalente a 180 días de salario, pago de salarios caídos y aplicación de ajustes razonables.

Adicionalmente, el Ministerio del Trabajo establece que para solicitar autorización de terminación del vínculo laboral de personas con estabilidad laboral reforzada el empleador debe:

  1. Presentar solicitud formal ante el Ministerio del Trabajo antes de la desvinculación.
  2. Acreditar justa causa o razones objetivas, demostrando que se surtió el debido proceso disciplinario señalado en la Ley 2466 de 2025.
  3. Demostrar agotamiento de medidas de inclusión laboral, como ajustes razonables, reubicación o modificación temporal de funciones.
  4. Adjuntar soportes médicos y contractuales que evidencien la situación del trabajador y la imposibilidad de mantener el vínculo sin afectar la operación.
  5. Cumplir con estándares probatorios definidos por la autoridad laboral para garantizar que la decisión no sea discriminatoria

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