Flash Informativo Noviembre 13
Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.
Nuevas disposiciones del Ministerio del Trabajo frente a la inspección laboral
Mediante la Resolución 4179 de 2025 el Ministerio del Trabajo creó el modelo de reenfoque de la inspección de trabajo y la seguridad social denominado “Una inspección con propósito”, a través del cual se incorpora un enfoque diferencial y de género.
La inspección con propósito constituye una herramienta prioritaria frente a las situaciones que impliquen especialmente, sin excluir otras conductas: (i) Incumplimientos de las normas laborales de seguridad social; (ii) violencia laboral y (iii) conductas atentatorias a la libertad sindical, atendiendo a los principios de debida diligencia, oportunidad y eficacia.
Para llevar a cabo este nuevo reenfoque se tendrán en cuenta cinco (5) ejes estratégicos para la inspección de trabajo y seguridad social: (i) inspección con enfoque territorial; (ii) inspección masiva nacional, “ojo a la reforma laboral”; (iii) Inspección rural; (iv) inspección para el cumplimiento de las garantías del derecho de la libertad sindical e (v) inspección especializada, mediante la cual se revisarán sectores focalizados como el sector portuario, el sector de vigilancia y seguridad privada, sector minero energético, trabajo doméstico e inspecciones al sector público.
De estos ejes estratégicos, se hace énfasis a la inspección masiva nacional “ojo a la reforma laboral”, ya que, por medio de esta se realizará la verificación y seguimiento a la Ley 2466 de 2025, mediante la ejecución de inspecciones masivas y simultáneas en todo el territorio nacional, cuya finalidad será verificar la aplicación efectiva y progresiva de las disposiciones de la reforma laboral.
Estas visitas de inspección se realizarán sin previo aviso, siempre que se respeten los límites y garantías previstos en el ordenamiento jurídico.
Adicionalmente, esta resolución contempla la implementación de medidas preventivas en los casos en que, durante la visita la inspección del Trabajo advierta la existencia de un perjuicio irremediable para las personas trabajadores o las organizaciones sindicales, o una situación que comprometa la vida, salud o seguridad de los trabajadores, el equipo de inspección estará obligado a ordenar las medidas preventivas necesarias para garantizar la protección de los derechos de los trabajadores.
Contamos con un equipo de expertos en derecho laboral y seguridad social, listo para brindarle asesoría y acompañamiento ante cualquier comunicación, requerimiento o visita del Ministerio del Trabajo. Para más información, contáctenos: Maria Camila Ortiz (mariacortiz@kpmg.com) o Juan Joya (jjoya@kpmg.com).