Flash Informativo Agosto 13
Este documento se centra en la actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades administrativas.
Actualización de normas locales, decretos reglamentarios y doctrinas de las autoridades.
Proyecto de Reforma Tributaria para Bogotá
El Distrito de Bogotá también plantea una reforma tributaria para el año 2025, recientemente la Alcaldía de Bogotá radicó ante el Concejo Distrital el Proyecto de Acuerdo 767 de 2025, los siguientes son los principales impactos:
A. Objetivo del Proyecto
El acuerdo busca modernizar el sistema tributario de Bogotá para:
- Fomentar la competitividad, inversión y generación de empleo.
- Optimizar el recaudo de tributos distritales.
- Compilar la normativa tributaria vigente.
- Establecer nuevos incentivos y reglas fiscales.
B. Principales Cambios por Tipo de Impuesto
1. Impuesto de Industria y Comercio (ICA)
- Se actualizan tarifas según actividad económica (comercial, industrial, servicios, financiera). De manera particular, para el sector financiero se estaría incrementando la tarifa del 14 x 1.000 al 21 x 1.000 y para el régimen simple las tarifas llegarían hasta el 30 x 1.000. Estas nuevas tarifas aplicarían a partir del 1 de enero de 2026 para quienes presenten declaraciones anuales, pero a partir del 6to bimestre de 2025 para quienes presenten declaraciones bimestrales.
- Se establecen tarifas progresivas para sociedades que se clasifiquen como microempresas y que se formalicen entre 2025 y 2030. Algunas actividades como las financieras, transporte, telecomunicaciones y transporte no podrán acceder a este beneficio y deberán pagar a las tarifas generales.
- Se crean exenciones para grandes inversiones y sectores estratégicos.
- Se precisan aspectos de la territorialidad del impuesto para incluir actividades digitales y remotas.
2. Sobretasa Bomberil
- Aplica a contribuyentes con ingresos superiores a 43.498 UVT.
- Se pagará anualmente, para quienes declaran ICA bimestralmente deberán declarar el valor total de la sobretasa en el último período de cada año, sin embargo, deberán realizar anticipos bimestrales a la tarifa del 1%.
3. Impuesto Predial Unificado
- Nuevas tarifas diferenciadas por tipo de predio, estrato y base gravable.
- Límites al crecimiento anual del impuesto según tipo de predio.
- Exenciones para proyectos de renovación urbana, arrendamiento especializado y construcción sostenible.
4. Impuesto de Alumbrado Público
- Se crea este nuevo impuesto para financiar el servicio de alumbrado.
- Aplica a usuarios del servicio eléctrico (residenciales y no residenciales), autogeneradores y los predios que no sean usuarios del servicio domiciliario de energía eléctrica.
- Tarifas diferenciadas por estrato y tipo de servicio (residencial, comercial, industrial, oficial).
- El recaudo será a través de las empresas comercializadoras de energía que prestan servicios públicos domiciliarios
C. Incentivos Tributarios
- Exenciones en ICA, predial y delineación urbana para:
- Grandes inversiones en sectores industriales y tecnológicos.
- Proyectos en zonas estratégicas como los Distritos Aeroportuarios.
- Renovación urbana y vivienda sostenible.
- Arrendamiento especializado con requisitos ambientales y sociales.
D. Procedimientos y Sanciones
- Se actualizan reglas de notificación tributaria (incluye notificación electrónica).
- Se modifican sanciones por no enviar información tributaria. Estas sanciones serán similares a las de las obligaciones nacionales, contenidas en el artículo 651 del Estatuto Tributario, sin embargo, tendrán como tope máximo 3.000 UVT en lugar de 15.000 UVT como lo prevé la norma nacional.
- Se realizan modificaciones a la aplicación de los principios de proporcionalidad, favorabilidad y gradualidad en el régimen sancionatorio.
E. Disposiciones Finales
- Se elimina el impuesto de publicidad exterior visual desde 2026.
- Se autoriza la creación del Estatuto Tributario de Bogotá para compilar toda la normativa vigente, similar como sucede con el Decreto Nacional 1625 de 2016.
- Se establecen mecanismos para el pago compensatorio por incrementos en el valor del suelo derivados de normativa distrital.